El exministro Jose Luis Ábalos (i), durante la audiencia preliminar en el Tribunal Supremo. Europa Press
Tribunales Ábalos pide la libertad a un mes del juicio en el que le reclaman 24 años de cárcel y plantea que le pongan la pulsera telemáticaLa defensa del exministro alega dificultades para preparar la vista estando en prisión y reitera argumentos, como el arraigo familiar, ya rechazados por el juez instructor y la Sala de Apelación.
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María Peral Publicada 9 marzo 2026 19:21h Actualizada 9 marzo 2026 19:43hLas claves nuevo Generado con IA
La defensa del exministro de Transportes y exdirigente del PSOE José Luis Ábalos ha vuelto a solicitar la libertad provisional, esta vez a 29 días del comienzo del juicio en el que la Fiscalía Anticorrupción pide para él 24 años de cárcel.
Ábalos está en prisión provisional desde el 27 de noviembre al apreciar el magistrado instructor, Leopoldo Puente, un "extremo riesgo de fuga" debido, precisamente, a la inminencia de una vista oral en la que se enfrenta a graves acusaciones de corrupción y a peticiones de altas penas de cárcel. La Sala de Apelación confirmó el 19 de enero la medida cautelar.
El exministro plantea que se le ponga en libertad sometido a medidas de control como comparecencias periódicas, retirada de pasaporte y prohibición de salida del territorio nacional, que ya tenía impuestas por Puente antes de acordarse la prisión preventiva. A estas medidas añade ahora "la posibilidad de instalación de dispositivos de geolocalización que garanticen su ubicación de forma permanente".
El escrito del letrado Mariano Turiel invoca la afectación del derecho de defensa por el encarcelamiento de su cliente. Afirma que "el régimen penitenciario actualmente vigente dificulta de forma considerable la posibilidad de mantener reuniones de trabajo con la frecuencia y duración necesarias para garantizar una preparación efectiva del juicio oral".
"La limitación de las comunicaciones y reuniones entre el acusado y su defensa compromete objetivamente la adecuada preparación de la estrategia defensiva y, en consecuencia, el pleno ejercicio del derecho de defensa reconocido constitucionalmente", sostiene.
Según el letrado, ante "la imposibilidad de mantener, con la frecuencia, duración e intensidad necesarias, el trabajo preparatorio que exige una causa de la complejidad presente", la puesta en libertad es "la única medida que permite asegurar que el juicio oral pueda celebrarse con pleno respeto al derecho de defensa y en condiciones de efectiva igualdad procesal entre las partes".
En contra de las resoluciones judiciales dictadas hasta ahora, el defensor sostiene que "la inminencia del juicio opera en sentido inverso al que justificaría la persistencia de la prisión provisional, pues sitúa a Ábalos ante la inmediata posibilidad de ejercer plenamente su derecho de defensa en sede judicial, con el evidente interés de comparecer al acto del juicio, intervenir en él y combatir las imputaciones formuladas en su contra".
El escrito menciona el arraigo personal, familiar y social de Ábalos "que excluye razonablemente cualquier propósito de sustraerse a la acción de la justicia", lo que también fue desechado por el instructor y la Sala de Apelación.
"Se trata de una persona con una trayectoria pública e institucional ampliamente conocida, con una presencia prolongada en la vida política e institucional española", señala.
Esa circunstancia "implica una fuerte exposición pública y notoriedad que, lejos de facilitar una hipotética fuga, la harían extraordinariamente difícil de materializar sin una inmediata detección".
También reitera su comportamiento procesal, caracterizado por "la ausencia de cualquier actuación dirigida a eludir la acción de la justicia y por la plena disposición a comparecer ante los órganos jurisdiccionales cuando ha sido requerido".
A ello añade que la celebración de múltiples jornadas de vista, muchas de ellas en horario de mañana y tarde, "implicará necesariamente un régimen de conducción penitenciaria particularmente exigente, con madrugadas anticipadas, tiempos prolongados de espera, traslados y permanencias en dependencias de tránsito".
"Esa dinámica, sostenida durante un calendario de sesiones especialmente concentrado, resulta objetivamente apta para provocar un notable desgaste físico y cognitivo en el acusado", sostiene.
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