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Begoña Gómez entrega los billetes al Reino Unido para demostrar que no infringió las órdenes del juzgado

Begoña Gómez entrega los billetes al Reino Unido para demostrar que no infringió las órdenes del juzgado
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Su defensa recuerda a Peinado que Gran Bretaña usa registros electrónicos, por lo que la ausencia de estampación física «carece, por sí sola, de valor acreditativo negativo»
Begoña Gómez entrega los billetes al Reino Unido para demostrar que no infringió las órdenes del juzgado

Su defensa recuerda a Peinado que Gran Bretaña usa registros electrónicos, por lo que la ausencia de estampación física «carece, por sí sola, de valor acreditativo negativo»

Regala esta noticia Añádenos en Google Begoña Gómez en el Congreso. (Europa Press)

Melchor Sáiz-Pardo y Almudena Santos

15/07/2026 Actualizado a las 15:57h.

Begoña Gómez entregó al juez Juan Carlos Peinado los billetes de ida a Londres y de regreso desde Bristol para acreditar que utilizó el pasaporte ... únicamente en el viaje que le había autorizado el juzgado para asistir a la graduación universitaria de su hija. La defensa de la esposa del presidente del Gobierno, que encabeza el exministro socialista Antonio Camacho recurrió, además, la providencia que le exigía demostrar que no cometió un delito de quebrantamiento de medida cautelar y acusó al instructor de invertir la carga de la prueba y obligarla a acreditar un hecho negativo. Es decir, de someter a su cliente a una «probatio diabólica» imposible de demostrar.

La nueva polémica entorno al pasaporte de la mujer de Pedro Sánchez comenzó cuando el juzgado constató que el pasaporte devuelto por Gómez no contenía «ninguna diligencia de salida ni entrada» durante los días en los que estuvo autorizado su uso. Peinado le concedió un plazo «improrrogable» de cinco días para demostrar que el documento, entregado el 8 de julio, había sido utilizado «para el concreto fin para el que se dejó sin efecto la medida cautelar» y que no realizó acto alguno susceptible de constituir quebrantamiento.

Antonio Camacho califica ese requerimiento de «sorprendente» y contrario a la tutela judicial efectiva. Su primer argumento de protesta es estrictamente técnico: que un pasaporte español no lleve estampado un sello británico no significa que su titular no haya viajado al Reino Unido. «La inexistencia de un sello físico de entrada en el pasaporte no constituye, en la actualidad, un indicio de que el desplazamiento al Reino Unido no hubiera tenido lugar», sostiene el recurso.

La defensa explica que el país ha implantado controles electrónicos basados en puertas automatizadas, documentos biométricos y registros digitales de los movimientos fronterizos. El estampado manual, añade, «ha dejado de constituir la práctica ordinaria» y queda reservado para supuestos excepcionales o viajeros que deben ser atendidos personalmente por un agente. Por eso, la ausencia de un sello «carece, por sí sola, de valor acreditativo negativo» y no permite concluir que Gómez no entrara en territorio británico.

A ello se suma la Electronic Travel Authorisation, la autorización previa vinculada digitalmente al pasaporte que Reino Unido exige a los viajeros que no necesitan visado para estancias cortas. Ninguno de esos controles deja necesariamente una marca física en las páginas del documento. Por ello, la defensa de Gómez aportó como prueba los billetes correspondientes al desplazamiento autorizado. También enumeró otros medios que podrían acreditar el viaje, como las reservas, los registros de las compañías aéreas o los datos migratorios británicos.

Acreditar que no cometió delito alguno

El segundo argumento es jurídico. Camacho sostiene que Peinado no puede obligar a una persona acusada a demostrar que no cometió un delito. «La carga de la prueba corresponde a la acusación, nunca a la defensa», afirma. La presunción de inocencia implica, añade, que Gómez no está obligada a probar su inocencia ni la inexistencia de un quebrantamiento que nadie ha acreditado.

«Si la acusación o el propio órgano instructor albergan dudas sobre si la investigada hizo un uso adecuado de la autorización», corresponde a ellos investigar y probar los hechos. No puede trasladarse a la defensa la tarea de descartar una conducta ilícita que no ha sido concretada ni respaldada por indicio alguno, argumenta el escrito.

Camacho define la exigencia como una «probatio diabólica», es decir, una prueba imposible o de dificultad desproporcionada. Peinado pide acreditar que durante el periodo de disponibilidad del pasaporte no se produjo «acto alguno» constitutivo de quebrantamiento, pero no identifica un desplazamiento, una fecha, un lugar o una conducta concreta sobre la que articular la defensa.

«Probar que algo no ocurrió, cuando ese algo no está concretado en un acto o lugar específico y determinado», es materialmente imposible, señala el recurso. La exigencia convertiría a Gómez en responsable de desvirtuar una sospecha que el propio juzgado no ha sustentado previamente en prueba de cargo.

El viaje fue autorizado el 6 de julio por el magistrado Antonio Viejo Llorente, que sustituyó a Peinado. Gómez había pedido permiso para acompañar a Pedro Sánchez a la cumbre de la OTAN en Ankara y viajar después al Reino Unido para la graduación de su hija. Viejo rechazó el tramo turco, pero permitió la estancia británica entre el 8 y el 10 de julio y ordenó devolver el pasaporte el primer día hábil posterior al regreso.

La graduación se celebró en la Universidad de Bristol y contó con la presencia de Pedro Sánchez, Begoña Gómez y los abuelos paternos de la joven. El desplazamiento estuvo acompañado por un dispositivo de seguridad, circunstancia que Camacho ya había utilizado para negar cualquier riesgo de fuga y que Peinado consideró insuficiente al imponer las cautelares.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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