El expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero a su llegada a la Audiencia Nacional el pasado 17 de junio./ EP Europa Press
Tribunales Calama rechaza pronunciarse sobre la nulidad del proceso a Zapatero por razones formales: la pidió 48 horas fuera de plazoEl juez cita para septiembre al presidente y al exconsejero de Plus Ultra, que anunciaron que van a colaborar con la Justicia
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María Peral Publicada 24 julio 2026 13:34h Las clavesLas claves Generado con IA
La petición de nulidad de la totalidad de las diligencias que se instruyen contra el expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, el primer intento procesal de envergadura de su defensa, no va a recibir una respuesta de fondo por parte del juez José Luis Calama.
El instructor aduce razones formales para inadmitir a trámite el incidente de nulidad: se presentó, afirma, 48 horas fuera de plazo.
El defensor de Zapatero, Víctor Moreno Catena, alegó en un extenso escrito presentado el pasado 25 de junio que se han vulnerado los derechos fundamentales al juez ordinario predeterminado por la ley, a un proceso justo con todas las garantías, a la tutela judicial efectiva sin indefensión, a la presunción de inocencia del expresidente socialista, a la intimidad y al secreto de las comunicaciones.
Esas vulneraciones se habrían producido, entre otros motivos, porque las diligencias contra Zapatero derivan de pruebas que han sido "ilícitamente analizadas" por la Fiscalía Anticorrupción y la UDEF.
Según la defensa, ambas accedieron, sin autorización judicial habilitante, al resultado de registros domiciliarios y al contenido de dispositivos electrónicos (móviles y ordenadores) incautados en octubre de 2024 para servir en otro procedimiento: la petición de cooperación jurídica internacional instada por las Fiscalías de Francia y Suiza en el marco de sus investigaciones por blanqueo de capitales contra empresarios venezolanos, antiguos propietarios de la aerolínea Plus Ultra.
Los jefes de Plus Ultra confiesan que pagaron facturas falsas por informes inexistentes que encubrían servicios de ZapateroEse material fue utilizado para presentar una denuncia "teledirigida", según la defensa, al Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid. Este órgano se inhibió luego a favor de la Audiencia Nacional.
Para la defensa, "la reutilización del material en finalidades y procedimientos distintos de aquel para el que fue lícitamente obtenido" hubiera requerido una habilitación judicial expresa que, sostiene, no existe.
La defensa intentaba, así, un "efecto de nulidades encadenadas" hasta llegar a la resolución del pasado 18 de mayo, en la que Calama dio la condición de investigado a Rodríguez Zapatero y acordó el registro de su oficina.
Los plazos
El instructor recuerda en un auto conocido este viernes que la lesión de derechos fundamentales debe hacerse valer a través de los recursos ordinarios cuando se ha notificado la resolución impugnada.
Ello se aplica, en este caso, al auto de 18 de mayo, que fue "personalmente notificado" a Zapatero.
Calama indica que su nulidad "debió hacerse valer mediante la interposición, en tiempo y forma, de los recursos expresamente previstos frente a ellas", recursos que no se presentaron.
Distinta es la situación de aquellas resoluciones o actuaciones anteriores que no fueron notificadas cuando se dictaron.
Por ello, su contenido solo pudo conocerse cuando la parte tuvo acceso material a las actuaciones, secretas hasta el 18 de mayo.
El juez señala que, en estos supuestos, la ley prevé un incidente de nulidad en un plazo de 20 días, "que comienza a correr desde el momento en que el afectado tuvo conocimiento efectivo del acto que vulnera el derecho fundamental".
"Este plazo de 20 días es un límite perentorio, que no admite ampliación ni interpretación extensiva, y comienza a correr desde que el afectado pudo conocer de manera suficiente el contenido y alcance de la actuación que denuncia", manifiesta Calama.
En la fase de instrucción, ese momento es el del acceso material a las diligencias o resoluciones que quiere impugnar, a partir del cual "dispone de un plazo cerrado para promover el incidente, sin que pueda diferirse su inicio a momentos posteriores de la investigación ni a valoraciones subjetivas sobre la conveniencia de su interposición".
La consecuencia de formular el incidente de nulidad fuera de ese plazo es su inadmisión.
"La extemporaneidad priva al órgano judicial de competencia para examinar el fondo de la lesión alegada, pues el incidente no puede operar como mecanismo para cuestionar decisiones instructoras que debieron impugnarse en tiempo articulando frente a ellas los oportunos recursos", argumenta.
En este caso, la defensa del expresidente del Gobierno accedió a la totalidad del procedimiento el 25 de mayo. Teniendo en cuenta el cómputo del plazo, el incidente de nulidad debió promoverse, como muy tarde, el 23 de junio.
Al haberse registrado el 25 de junio, la presentación "resulta extemporánea, y la consecuencia no puede ser otra que su inadmisión a trámite", concluye el instructor.
Citados los directivos de Plus Ultra
Por otra parte, el juez Calama ha acordado llamar a declarar para los próximos 7 y 8 de septiembre al presidente de Plus Ultra, Julio Martínez Sola, y al exconsejero delegado Roberto Roselli.
Son declaraciones cruciales, tras la prestada el pasado martes por el administrador de Análisis Relevante y antiguo amigo de Zapatero, Julio Martínez Martínez.
Como éste, Sola y Roselli presentaron el 20 de julio escritos en los que anuncian que colaborarán con la investigación, lo que se ha traducido ya en la confirmación de datos incriminatorios para el expresidente socialista.
Entre ellos, que el 30 de abril de 2020 hubo una conversación telefónica entre Martínez Sola y Rodríguez Zapatero, negada por éste ante el juez.
Fue la conversación "aproximadamente de 10 minutos" en la que Rodríguez Zapatero "me manifestó que su intervención [para conseguir ayuda financiera para Plus Ultra] podría ser de ayuda y que haría las gestiones oportunas", ha manifestado Martínez Sola en el escrito presentado por su defensa.
En ese momento arrancó la presunta trama de tráfico de influencias que se investiga. Sola y Roselli han admitido que pagaron a Análisis Relevante facturas falsas por informes inexistentes para encubrir los pagos ilícitos a Zapatero, cuyas gestiones concretas para salvar a Plus Ultra aseguran ignorar.
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