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Condenado a casi ocho años de cárcel por intentar matar a su pareja con una pala y un rastrillo en Badajoz

Condenado a casi ocho años de cárcel por intentar matar a su pareja con una pala y un rastrillo en Badajoz
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El TSJEx ratifica la pena impuesta y describe en su fallo una relación de 23 años marcada por una «conducta de dominación»

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Sede de la Audiencia Provincial de Badajoz, donde se juzgaron los hechos. HOY Condenado a casi ocho años de cárcel por intentar matar a su pareja con una pala y un rastrillo en Badajoz

El TSJEx ratifica la pena impuesta y describe en su fallo una relación de 23 años marcada por una «conducta de dominación»

A. B. Hernández

Lunes, 9 de marzo 2026, 10:33

... y un rastrillo. El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha ratificado la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Badajoz, donde se juzgaron los hechos, al considerar al condenado responsable de un delito de maltrato habitual y otro de homicidio en grado de tentativa contra su pareja.

Tras despertarla a patadas, el hombre cogió una pala de obra y le asestó un fuerte golpe en la cabeza. La víctima, que durante la instrucción de la causa judicial confesó con crudeza «yo ya he visto la muerte», relató en ese momento cómo el agresor, lejos de detenerse, buscó un rastrillo bajo la escalera mientras gritaba: «Esto no es bastante, esto no es bastante; te tengo que matar». Con la nueva herramienta en su poder le asestó varios pinchazos en el muslo. Pero la mujer logró escapar. Salió a la calle, descalza y casi desnuda, y se escondió entre unos coches hasta ser auxiliada.

Según cuenta Diario HOY, este es el episodio juzgado de una larga relación de maltrato. Los hechos probados explican que desde el inicio el acusado mantuvo sobre su pareja una conducta de dominación «que inicialmente se manifestaba en un aislamiento de sus amistades y familia, control económico, celos continuados y reacciones violentas ante acontecimientos de la vida diaria de forma que la llamaba reiteradamente puta, guarra y le dirigía otras expresiones de similar contenido despectivo».

A partir del año 2019, la violencia ejercida se incrementó de manera notable porque comenzó a amenazarla con expresiones como «te tengo que matar, te tengo que quitar a tus hijos y no los vas a ver más», o de mayor contenido ofensivo como «te voy a cortar la cabeza, te voy a hacer cachitos que meteré en bolsas de plástico y los tiraré al río Guadiana».

«De la misma forma, las palizas se sucedían casi mensualmente, el acusado tiraba de los pelos a la mujer, le arrancaba mechones, le pegaba puñetazos en la cara, la tiraba al suelo y allí la pateaba sin importarle la zona corporal alcanzada (cabeza, pecho, costado o piernas) y todo ello tanto en el domicilio familiar como en el exterior y por el motivo más nimio, como podía ser que unos varones miraran a la mujer o el acusado viniera enfadado de la calle», recoge la sentencia.

Tras los episodios de violencia que la víctima sufría periódicamente, «se refugiaba en la casa de su madre, que le curaba las heridas sin que la mujer consintiera acudir a un centro médico. Una vez recuperada y tras pedírselo el procesado, volvía al domicilio familiar con sus hijos donde se repetía la dinámica».

Giro los testimonios

Sin embargo, tanto la víctima como su madre cambiaron durante el juicio oral los testimonios que habían dado en la fase de instrucción. En un intento por exculpar al acusado, la pareja del condenado llegó a afirmar que sus graves lesiones se debieron a que se había caído sola y que, en sus declaraciones previas, «miento y digo tonterías». Incluso justificó su estado de pánico aquel día diciendo que estaba «oscurecida».

Su propia madre, que inicialmente describió cómo su hija llegaba a casa «llenita de cardenales por las palizas a cada na» que recibía, cambió también su versión en el plenario. Al ser preguntada por qué antes decía que su hija tenía los ojos negros por los puñetazos, respondió que era «porque se pintaba así».

«Pese a los cambios en los testimonios para exculpar al acusado, el tribunal da validez a las pruebas iniciales y le condena»

La defensa del acusado, por su parte, en sus argumentos ante el tribunal llegó a tildar la Ley de Violencia de Género como «norma populista, demagógica e infausta y nefasta», y se preguntó «¿qué tipo de comunismo es este de tachar a una mujer de víctima cuando la propia mujer está diciendo una y otra vez que no lo es?».

Pese a estos intentos de desvirtuar la acusación, el tribunal dio validez a las pruebas iniciales y a las amenazas previas documentadas. Concreta que la declaración de la víctima en el plenario «carece de coherencia y de una explicación razonable» y, en cambio, el relato que realizó ante la instructora «goza de coherencia interna, verosimilitud y persistencia, al proporcionarse datos e información compatibles con el parte de lesiones, el informe forense, el informe de valoración integral o los testimonios de referencia como los de los agentes de policía y la propia madre de la perjudicada».

En cuanto al cambio de testimonio de la madre, el tribunal entiende que se debe al giro decidido por su hija, «correspondiendo a la madre el rol de acompasarla para evitarle daños o venganzas».

Además de la cárcel, el TSJEx confirma igualmente la pena impuesta por la Audiencia para el condenado: la privación de la patria potestad y la prohibición de comunicarse o acercarse a la mujer durante ocho años adicionales a la pena de prisión.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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