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Condenado a dos años y medio de prisión el pastor de los perros que mataron a una joven en Zamora

Condenado a dos años y medio de prisión el pastor de los perros que mataron a una joven en Zamora
Artículo Completo 761 palabras
La jueza estima que Pedro Gago ha alcanzado «con creces el umbral de la imprudencia grave» y recoge en su sentencia la «evidente falta de custodia, control y cuidado de los animales»
Condenado a dos años y medio de prisión el pastor de los perros que mataron a una joven en Zamora

La jueza estima que Pedro Gago ha alcanzado «con creces el umbral de la imprudencia grave» y recoge en su sentencia la «evidente falta de custodia, control y cuidado de los animales»

Regala esta noticia Añádenos en Google El acusado, con polo blanco, accede a los juzgados de Zamora acompañado por su abogado. (Mariam Montesinos)

Álvaro Muñoz

Valladolid

02/06/2026 a las 15:48h.

Los fundamentos de derecho son claros. «Se denota una evidente falta de custodia, control y cuidado de los perros, los cuales estaban en condiciones en ... producir daños a personas o bienes, con independencia de que fueran domésticos o no, pues su ferocidad y carácter dañino es un hecho...», refleja la sentencia del Juzgado de lo Penal de Zamora para condenar a Pedro Gago a dos años y medio de prisión después de que sus animales, que custodiaban una finca agrícola entre las localidades zamoranas de Roales del Pan y La Hiniesta, atacaran hasta provocar la muerte a la joven Arancha Corcero, de 27 años en el momento del suceso en octubre de 2023.

Precisamente, muchos de los argumentos esgrimidos por el abogado de la acusación particular son los que ha recogido la magistrada en su sentencia condenatoria. Hace especial énfasis en que el pastor tenía la obligación de tener a los animales en unas «condiciones de seguridad para impedir ese peligro o riesgo» porque al menos cuatro de los cinco canes (había otros dos cachorros) estaban sueltos.

La jueza ahonda en el «descaro» que el acusado mostró durante la vista al afirmar que 'los perros los dejaba sueltos para que protegieran a las ovejas dentro de la explotación'. Se detiene también en la declaración de la madre de Arancha, la última persona que habló con ella antes del «brutal ataque». Recogen los fundamentos de derecho que la víctima alertó a su madre antes del suceso. Le pidió que esperara para salir de casa porque había visto desde la distancia a los animales sueltos. Acto seguido, la progenitora recibió una nueva llamada. Solo escuchó 'mamá, los perros, mamá, los perros, pero nadie me va a ayudar...'. Su madre no volvió a escuchar la voz de su hija nunca más, pero cogió el coche para presentarse en la zona. A su llegada solo vio a los animales sueltos y pensó que su hija se había refugiado en algún sitio. Hasta que vio ropa amontonada en el suelo. Era la de Arancha. Llamó a su marido, se presentó en la finca del acusado y con un palo espantó a los perros. Hasta que pudieron ver el cuerpo sin vida de su hija.

«Pese a la evidente agresividad que caracterizaban a los perros, Pedro Gago no hizo gesto alguno durante años para evitar un fatal desenlace como el ocurrido»

El doloroso testimonio de los padres al recordar el día en que murió su hija da paso, en la sentencia, al reglamento de animales peligrosos. Varios epígrafes para poner de manifiesto que Pedro Gago Rodríguez no cumplía con el mismo, además de no tenerlos asegurados. «La pertenencia de los perros a una especie potencialmente peligrosa reconduce la diligencia exigible al acusado de manera reforzada a la de un poseedor de animales y se le exige una diligencia superior a la media de un ciudadano normal».

Por todo ello, la imprudencia grave del acusado es «la omisión de la diligencia más intolerable, mediante una conducta activa u omisiva, que causa un resultado dañoso». Incluso, el acusado, continúa la sentencia, tuvo el consejo de su hermano quien le llegó a decir, según reconoció en el juicio, «que algo así podía pasar».

De igual forma, el fallo critica también la inacción del acusado. «Pese a la evidente agresividad que caracterizaban a los perros, Pedro Gago no hizo gesto alguno durante años para evitar un fatal desenlace como el ocurrido». Por eso considera que el comportamiento del pastor ha alcanzado «con creces el umbral de la imprudencia grave».

El acusado estuvo en prisión provisional durante unos 20 días, tiempo que se descontará de la condena de dos años y medio de prisión. Ante esta sentencia, las partes pueden interponer recurso de apelación ante la Audiencia de Zamora.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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