Audiencia Provincial de Sevilla - Europa Press
Sevilla Condenan a hasta 15 años de cárcel a la ‘manada’ de Écija por la violación grupal de una menor en SevillaLos condenados deberán indemnizar con 80.000 euros a la víctima, que tenía 17 años en el momento de los hechos.
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Rodrigo Álvarez Publicada 17 abril 2026 13:49hLa Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a tres hombres por una agresión sexual con penetración cometida contra una menor de 17 años en Écija (Sevilla).
El principal acusado ha sido condenado a 15 años de prisión, mientras que los otros dos deberán cumplir 13 años y seis meses cada uno.
Los hechos ocurrieron el pasado 30 de marzo de 2024 en una discoteca en La Carlota (Córdoba), en aquel momento la víctima tenía 17 años de edad.
Un juez manda a prisión a tres hombres por la presunta violación grupal a una menor en ÉcijaTras una noche de fiesta la víctima coincidió con los agresores en la discoteca, entre ellos no se conocían pero los tres varones se ofrecieron como transporte para llevarla a su casa en Écija (Sevilla).
Al cerrar la discoteca a las 07:30 de la mañana, la víctima se subió al coche de los agresores “bajo una lluvia intensa” careciendo de medio de transporte propio para regresar a su localidad de origen, por lo que se organizaron en vehículos de desconocidos que se dirigían al mismo destino.
Estado de intoxicación
Los magistrados añaden que, "como consecuencia de la gran cantidad de bebidas alcohólicas que había consumido durante toda la noche/madrugada", la menor se desplomó en el suelo nada más subir al vehículo debido a un estado de intoxicación muy elevado.
Según el tribunal, "una vez los acusados quedaron a solas" con la menor "dormida en el interior del coche decidieron dirigirse a un descampado"
En dicho lugar se llevó a cabo la violación grupal sobre la víctima, que se encontraba en estado de inconsciencia debido a la ingesta alcohólica y de sueño profundo, anulando así su capacidad de reacción y decisión.
"Una vez concluidos los actos sexuales sobre la menor y colmados sus propósitos lascivos, llevaron a la perjudicada hasta las inmediaciones de su domicilio, donde la menor se apeó", indica el texto legal.
El delito de violación, cuando es cometido por dos o más personas de forma conjunta, se sanciona con penas de prisión de entre doce y quince años.
Sentencia judicial
En ese sentido la Audiencia impone a uno de los acusados la pena máxima de quince años de cárcel porque "a la naturaleza de hechos tan detestables unimos que este acusado protagonizó de forma reiterada y sucesiva tres penetraciones, vaginal, anal y bucal", todo lo cual "justifica la severidad de la pena" impuesta.
Los otros dos encausados han sido condenados a trece años y seis meses de prisión porque "no son merecedores de una pena mínima" dada "la naturaleza y circunstancias de los hechos, señaladamente la triste situación en que se vio sumida la víctima".
Según expone la sentencia, uno de los acusados rechazó haber tenido cualquier contacto de índole sexual con la denunciante, mientras que los otros dos investigados admitieron que mantuvieron relaciones sexuales con ella pero argumentaron que fueron en todo momento consentidas.
No hubo consentimiento
El tribunal afirma que hay pruebas suficientes para concluir, con una certeza que elimina toda duda razonable, que la víctima, debido a su estado de intoxicación, no tenía capacidad para dar un consentimiento libre y válido.
"De haber prestado su consentimiento a la relación sexual con ellos, es decir, de haber tenido capacidad de autodeterminación y haber estado en condiciones de consentir, poco sentido tendría que les atribuyera haberla sometido a relaciones sexuales no consentidas", razona el tribunal.
Según la sentencia que ha sido proporcionada por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), también se establece que deberán indemnizar a la víctima con 80.000 euros.
La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Expulsados de España
El tribunal acuerda en todos los casos la sustitución parcial de la ejecución de la pena de prisión por la expulsión de los penados, de nacionalidad colombiana, del territorio español cuando cumplan las dos terceras partes de su duración, accedan al tercer grado o se les conceda la libertad condicional.
Además, se expresa la prohibición de regreso al país durante ocho años a contar desde la fecha de la expulsión.