Juicio en Málaga
Condenan en Málaga a una madre que obligaba a su hija menor a esperar en el balcón mientras se prostituíaLa Audiencia Provincial de Málaga le ha retirado la patria potestad y le ha impuesto cinco años de alejamiento respecto a la víctima, que en el momento de los hechos contaba con 11 años
Regala esta noticia Añádenos en Google Entrada a los juzgados de Málaga. (SUR) 15/06/2026 a las 00:04h.Una mujer ha sido condenada por la Audiencia Provincial de Málaga a un año y seis meses de prisión tras ser declarada culpable de un ... delito de abandono de menor. La resolución judicial, que también incluye la retirada de la custodia de su hija y una orden de alejamiento respecto a ella, determina que la procesada ejercía la prostitución en el domicilio familiar y obligaba a la menor a permanecer en el balcón o sola en la calle mientras atendía los servicios.
Para llevar a cabo los servicios, la progenitora mandaba a la niña a esperar en la terraza hasta que estos finalizaran o, en otras ocasiones, la obligaba a permanecer en la calle, tiempo durante el cual la menor se encontraba completamente sola.
La resolución, además, detalla que la menor vivió durante meses en una situación de extrema insalubridad y desatención material y afectiva. La niña mantenía los horarios completamente alterados, permaneciendo despierta por las noches y durmiendo durante el día, sin que ni su madre ni la pareja de ésta —que en ocasiones ejercía las funciones de padre— tomaran medida alguna para que desarrollara su vida con una mínima normalidad.
Con el objetivo de evitar la intervención de los servicios de protección de menores, siempre según la sentencia, los responsables no escolarizaron a la niña. De igual forma, el tribunal destaca que la vivienda carecía de las condiciones mínimas de habitabilidad y de mobiliario indispensable para el día a día. Como ejemplo, apunta a que carecía de electrodomésticos y cocina, lo que obligaba a la niña a comer habitualmente en establecimientos de comida rápida.
Según concluye el fallo, la madre omitió de forma continuada, durante todo el tiempo de convivencia y hasta el momento de la intervención policial, la obligación legal de cuidado y atención hacia la menor que le correspondía por su condición de progenitora.
La mujer reconoció los hechos antes de la celebración del juicio, llegando así a un acuerdo de conformidad con la Fiscalía. De esta forma, la pena que finalmente se le ha impuesto ha sido de un año y seis meses de prisión, aunque se le ha concedido la suspensión del ingreso en un centro penitenciario condicionado a que no delinca en el plazo de cinco años y a que haga frente a la responsabilidad civil impuesta por los daños ocasionados a la niña.
De igual forma, ha perdido el ejercicio de la patria potestad, así como los derechos de guarda, curatela o acogida por seis años, y no podrá acercarse a la menor durante un lustro, además de estar obligada a indemnizarla en la cantidad de 5.000 euros.
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