El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado la condena de la Audiencia de Barcelona de 42 años de cárcel a un osteópata por abusar sexualmente de una veintena de mujeres, que estaban embarazadas o acababan de dar a luz. La sentencia también le condena a 40 años inhabilitación y al pago de 36.000 euros de indemnización a las víctimas, a las que se le prohíbe acercarse.
El TSJC confirma todos los recursos interpuestos por las mujeres, y condena al acusado por varios delitos de abuso sexual continuado con y sin penetración. Sin embargo, en el caso concreto de una de las víctimas, el TSJC estima parte del recurso, dejando sin efecto la condena por un delito continuado de abusos sexuales, y lo hace por un delito de abuso sexual.
Los abusos están documentados entre 2013 y 2016, cuando el hombre, diplomado en fisioterapia, ejercía su actividad profesional tanto en la clínica privada 'Néixer a Casa de Barcelona' como en su domicilio en Sant Cugat del Vallès. El tribunal constata que el masajista hacía tratamientos de osteopatía a sus pacientes antes y después del parto y se aprovechaba de su reconocimiento profesional y su relación de confianza con ellas.
La sentencia defiende que entre el verano de 2013 y finales de 2016, el hombre se aprovechó de "la extraordinaria confianza que las pacientes tenían en él por su profesión y a la reputación que tenía tanto en los entornos del parto natural como de acompañamiento a la maternidad y la lactancia". Consideró probado que llevó a cabo "bajo la apariencia de práctica profesional una serie de actuaciones cuya finalidad era satisfacer sus apetencias sexuales".
El TSJC confirma todos los recursos interpuestos por las mujeres, y condena al acusado por varios delitos de abuso sexual continuado con y sin penetración. Sin embargo, en el caso concreto de una de las víctimas, el TSJC estima parte del recurso, dejando sin efecto la condena por un delito continuado de abusos sexuales, y lo hace por un delito de abuso sexual.
Los abusos están documentados entre 2013 y 2016, cuando el hombre, diplomado en fisioterapia, ejercía su actividad profesional tanto en la clínica privada 'Néixer a Casa de Barcelona' como en su domicilio en Sant Cugat del Vallès. El tribunal constata que el masajista hacía tratamientos de osteopatía a sus pacientes antes y después del parto y se aprovechaba de su reconocimiento profesional y su relación de confianza con ellas.
La sentencia defiende que entre el verano de 2013 y finales de 2016, el hombre se aprovechó de "la extraordinaria confianza que las pacientes tenían en él por su profesión y a la reputación que tenía tanto en los entornos del parto natural como de acompañamiento a la maternidad y la lactancia". Consideró probado que llevó a cabo "bajo la apariencia de práctica profesional una serie de actuaciones cuya finalidad era satisfacer sus apetencias sexuales".