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Pedro Sánchez visita a los soldados españoles desplegados en Letonia. EFE Despliegue de tropas en el extranjero: ¿Cuándo está obligado el Gobierno a pedir autorización al Congreso?El despliegue en Groenlandia no necesitaría el permiso de la Cámara baja si se rebaja a unas maniobras militares en la región
Madrid
Viernes, 16 de enero 2026, 12:28 | Actualizado 13:24h.
... de paz en Ucrania y en Gaza han vuelto a poner en relieve la dependencia que Moncloa tiene del Congreso, donde no cuenta con una mayoría favorable de socios para solicitar una intervención militar fuera de nuestras fronteras. La semana que viene, el presidente inicia con Alberto Núñez Feijóo una ronda de contactos para sondear posibles apoyos. Pero, ¿en qué casos está obligado el Ejecutivo a acudir a la Cámara baja para enviar soldados españoles a misiones en el extranjero?Esto se aplica, por ejemplo, misiones de paz, operaciones de mantenimiento de estabilidad o cualquier despliegue que no derive de una amenaza directa a la seguridad española o de compromisos de defensa pactados explícitamente.
Incluye despliegues vinculados a operaciones de paz de la ONU o misiones de la OTAN que no impliquen amenaza directa a España. Despliegues por compromisos internacionales: Es decir, si la acción no constituye una respuesta directa a la defensa del territorio o intereses fundamentales de España, entra en este supuesto.
En el caso del despliegue de tropas en Ucrania o Palestina, aunque el Gobierno no ha avanzado muchos detalles, se trataría de tropas de paz cuya misión sería mantener un alto el fuego -algo que no se ha producido en el caso de la invasión rusa-. Se haría también bajo bandera de una coalición internacional, ya sea la ONU, como el caso de Gaza, o mediante la llamada coalición de Voluntarios, en el caso de Kiev. Por eso, el Ejecutivo debería acudir previamente a la Cámara baja.
Maniobras militares
En el supuesto de Groenlandia, dependería de en qué calidad se produce el despliegue militar español. Moncloa trata de revestir este apoyo en unas simples maniobras, por lo que no haría falta, siempre que no se salga de este supuesto, el permiso parlamentario. Siempre y claro, cuando el país receptor, en este caso Dinamarca, dé su permiso.
Otros supuestos que recoge esta ley son los procedimientos de urgencia. Cuando por razones de emergencia no sea posible pedir la autorización antes del despliegue, el Gobierno debe someter al Congreso lo antes posible la decisión que haya adoptado para una ratificación posterior, incluso si es a posteriori.
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