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El CGPJ archiva sin sanción los expedientes disciplinarios de los jueces que criticaron a Begoña Gómez e Irene Montero

El CGPJ archiva sin sanción los expedientes disciplinarios de los jueces que criticaron a Begoña Gómez e Irene Montero
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División en la Comisión Disciplinaria: los vocales propuestos por el PSOE ven una falta grave de desconsideración y los propuestos por el PP, que son mayoría, consideran prevalente la libertad de expresión. Más información: El voto de calidad de Perelló determina que el CGPJ abra expediente al juez que llamó "Barbigoña" a Begoña Gómez

Imagen de archivo del pleno del Consejo General del Poder Judicial. Europa Press

Tribunales El CGPJ archiva sin sanción los expedientes disciplinarios de los jueces que criticaron a Begoña Gómez e Irene Montero

División en la Comisión Disciplinaria: los vocales propuestos por el PSOE ven una falta grave de desconsideración y los propuestos por el PP, que son mayoría, consideran prevalente la libertad de expresión.

Más información: El voto de calidad de Perelló determina que el CGPJ abra expediente al juez que llamó "Barbigoña" a Begoña Gómez

Publicada 24 febrero 2026 15:31h

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La Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha acordado archivar los procedimientos disciplinarios abiertos al magistrado de la Audiencia Nacional Eloy Velasco y al juez de lo mercantil Manuel Ruiz de Lara.

El primero de ellos cuestionó los conocimientos jurídicos de la exministra de Igualdad Irene Montero, conocimientos que "nunca aprenderá desde su cajero de Mercadona".

El segundo se refirió, supuestamente, en un tuit a la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, como "Barbigoña".

Los vocales propuestos por el PP, que tienen la mayoría en la Comisión Disciplinaria, consideran que ninguno de los dos cometió una falta disciplinaria de desconsideración sino que prima la libertad de expresión, criterio en el que coinciden tanto la Fiscalía como el Promotor de la Acción Disciplinaria.

Los consejeros propuestos por el PSOE eran partidarios de imponer a ambos magistrados una multa, sanción con la que se castigan las faltas disciplinarias graves.

Estos procedimientos han llegado a la Comisión Disciplinaria porque la Comisión Permanente impuso -también dividida- al Promotor de la Acción Disciplinaria, Ricardo Conde, abrir los expedientes pese a que el PAD había planteado el archivo.

Los vocales propuestos por el PP han compartido desde el principio la valoración de Conde.

Intervención académica

En el caso de Velasco, el expediente se refería a unas palabras que pronunció en el marco de una intervención en un curso sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

En referencia al partido Podemos, el magistrado dijo que "eres el cuarto partido que ha perdido las elecciones y tienes cuatro gatos, pero los necesita el segundo partido que ha perdido las elecciones para pasar en número de integrantes al primer partido que ha ganado las elecciones, tu legitimidad es bastante menor que si hubieras ganado las elecciones, que no las has ganado".

"No sé si se han creído muy importantes, pero es lo que les hicieron", añadió. "De repente se creyeron que estaban enseñándonos el mundo. Nos intentaron explicar qué es consentir, a juristas que llevamos desde el derecho romano sabiendo lo que es consentimiento. El expreso y el consentimiento tácito y los actos consecuentes. Y mil cosas más que nunca aprenderá Irene Montero desde su cajero de Mercadona ni nos podrá dar clases a los demás”.

El Promotor de la Acción Disciplinaria señaló en su inicial propuesta de archivo que la actividad en la que intervino Velasco estaba dirigida exclusivamente a personas previamente inscritas en la formación y el juez no autorizó la difusión pública de su intervención.

Por su parte, el fiscal destacó en su informe que se trataba de una actividad "netamente docente, completamente ajena al ejercicio de la función jurisdiccional".

Los vocales de la Comisión Permanente que se opusieron a la apertura del expediente sostuvieron entonces -en el mismo sentido que ahora han hecho sus colegas de la Comisión Disciplinaria- que la difusión pública de la intervención de Velasco hubiera necesitado su consentimiento.

Al carecer de él, y teniendo en cuenta la doctrina de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, "dicha difusión pública no puede ser tenida en cuenta para dar pie a una diligencia informativa o un expediente disciplinario", argumentaron.

A su juicio, estamos en el ámbito del derecho de libertad de expresión. Velasco "mostró su disconformidad, en términos de crítica dura, con la interpretación que se estaba realizando del concepto jurídico de consentimiento".

Para los vocales propuestos por el PP, la desconsideración disciplinariamente sancionable se ubica en el terreno de la urbanidad, la cortesía y los buenos modales.

"Difícilmente se puede interpretar que la actuación de Eloy Velasco sea contraria a la cortesía exigible cuando la persona afectada no ha planteado queja alguna al respecto", argumentaron.

Problema de tipicidad

En el caso de Ruiz de Lara, lo que se ha investigado en el ámbito disciplinario es un tuit que se le atribuye haber publicado el 28 de diciembre de 2024, día de los Santos Inocentes.

En él se decía que "hoy Pedro Sánchez anunciará mi nombramiento como ministro de Justicia".

"El pacto incluye reforma del CGPJ, dimisión como FGE del 'borrador oficial de mensajes' y relevo de Conde-Pumpido, que pasará a dirigir una cátedra de 'inconstitucionalidad y amnistía' con Barbigoña en Santo Domingo", añadía.

Tanto el Promotor de la Acción Disciplinaria como el fiscal y la mayoría de la Comisión señalan que no se ha probado de forma inequívoca la autoría del tuit por Ruiz de Lara.

El juez niega haber redactado ese tuit y la cuenta en X fue borrada unos días después. En el perfil no se hacía alusión a la condición de miembro de la carrera judicial.

Conde destacó que hay, además, un problema de tipicidad, ya que el régimen disciplinario de los jueces no prevé que puedan ser sancionados por sus intervenciones en redes sociales cuando no se identifican como miembros del Poder Judicial.

Tan es así, argumenta el Promotor, que el grupo parlamentario de Sumar ha presentado una enmienda al proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial que se encuentra en el Congreso para que se sancionen como falta grave las desconsideraciones cometidas en redes sociales cuando quien la cometa manifieste "directa o indirectamente" que es juez.

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