- GONZALO D. VELARDE
- La subida del salario mínimo a 1.221 euros para 2,5 millones de trabajadores ya es oficial
- Análisis. El salario mínimo se ha convertido en el mayor lastre para el campo
Es el desembolso adicional que asumen por no compensarse los incrementos de la inflación y del salario mínimo en las subcontratas de los diferentes entes de la Administración Pública.
El nuevo salario mínimo interprofesional (SMI) de 1.221 euros mensuales en catorce pagas ya es una realidad. Supone un incremento del 66% desde 2018, lo que ha supuesto en este periodo que las empresas con un mayor volumen de trabajadores en los rangos salariales más bajos hayan tenido que hacer esfuerzos notables para actualizar las nóminas de los cerca de 2,5 millones de ocupados afectados por las subidas.
Si bien, aquí existe una peculiaridad para las empresas en dicha situación que tienen contratos con la Administración Pública: en su caso, estas no pueden ajustar los precios de sus bienes o servicios ya que están sometidas a la Ley de Desindexación de los contratos públicos, por la cual no se revisan los precios a pesar de que se produzcan incrementos de costes durante el periodo de duración de la subcontrata.
Una situación que ha sido recurrentemente denunciada por las organizaciones empresariales durante los procesos de negociación de las consecutivas subidas del salario mínimo de los últimos sin que surta efecto. Tanto los sindicatos como el propio Ministerio de Trabajo han apoyado esta reivindicación de la patronal, si bien se han encontrado siempre con la negativa del Ministerio de Hacienda a reformar la Ley de Desindexación. Una maniobra que podría suponer un fuerte aumento de costes para las administraciones, especialmente comunidades autónomas y ayuntamientos que cuentan con el mayor volumen de subcontratación, ya que se abriría la puerta a que revisiones de precios por situaciones sobrevenidas como los aumentos del salario mínimo o la inflación.
Un sector especialmente sensible a estos recargos aprobados por ley y que no pueden ser trasladados a sus precios de servicios es el de la limpieza. Cuentan con un elevado volumen de trabajadores afectados por el salario mínimo y gran parte de la facturación anual de sus compañías procede de las subcontratas con el sector público. Según cifras de la Asociación Profesional de Empresas de Limpieza (Aspel), un 40% de la facturación de las compañías de limpieza se debe a las relaciones comerciales con el sector público, lo que suponen cerca de 5.600 millones de euros de un total de 14.000 millones de facturación. Mientras que los trabajadores afectados por la subida del salario mínimo, son un 58% del total de 540.000, es decir, unos 313.200 empleados.
En este sentido, según denuncia la patronal, en los últimos diez años los costes adicionales para las empresas del sector por no haberse compensado ni las subidas del salario mínimo ni de la inflación en las subcontratas asciende a casi 1.200 millones de euros. Recuerdan desde la patronal que este fenómeno se produce cuando durante el transcurso de un contratos se producen estos aumento de costes que no pueden ser repercutidos en el precio. En la mayoría de los casos estas relaciones tienen una duración medida de entre dos y tres años.
"Un problema añadido es que, desde la entrada en vigor de la ley de contratos de 2017, las prórrogas son decididas por la Administración Pública, no de mutuo acuerdo como antes, por lo que, de hecho, los contratos duran 4 o 5 años sin revisión", señala a EXPANSIÓN el presidente de Aspel, Juan Ignacio Beltrán. Y advierte de que la consecuencia de la falta de revisión de precios en los contratos públicos es que "si los salarios suben y no se revisan precios, se produce tensión en la viabilidad de las empresas y supone un riesgo evidente".
Por ello, aunque la organización no reclama una derogación absoluta de la Ley de Desindexación, sí pide prever una revisión de precios cuando haya cambios legales sobrevenidos (salario mínimo, subida cotizaciones sociales, reducciones de jornada, nuevo registro horario, no compensación y absorción) "que no pueden considerarse riesgo y ventura del contratista por ser decisiones unilaterales de la Administración".
Al igual, señala Juan Ignacio Beltrán, prever la posibilidad de revisar los precios con la subida de sueldo que tenga lugar en el perímetro del convenio colectivo y que afecte al contrato con la Administración. "Aquí, entenderíamos que hubiese un cap para evitar subidas desorbitadas del convenio", explica.
Absorción de la subida
Además de que la nueva negociación de la subida del salario mínimo ha vuelto a obviar otro año más la posibilidad de la compensación en los contratos públicos -la patronal rechazó una oferta incompleta y parcial en este sentido que preveía deducciones sobre el impuesto de Sucesiones-, la nueva subida trae consigo el compromiso del Gobierno de aprobar un decreto en paralelo para limitar la posibilidad de la absorción y compensación a través de los complementos y los pluses salariales.
"Si se prohibiese la compensación y absorción de los complementos salariales, la consecuencia en el sector de la limpieza es que se produciría una subida de salarios en la realidad de entre el 15% y el 20%. Esta medida tendría consecuencias gravísimas no sólo en la limpieza si no en muchos sectores productivos", advierte al respecto el presidente de Aspel.
Cabe recordar que desde la patronal han denunciado que esta medida tendría incluso más impacto económico que la subida, la cual se estima en cerca de 2.000 millones.
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