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El ex fiscal general pide al Constitucional anular su condena por «irracional y arbitraria»

El ex fiscal general pide al Constitucional anular su condena por «irracional y arbitraria»
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García Ortiz alega que la pareja de Díaz Ayuso incurrió en una «autodivulgación» de sus correos electrónicos, por lo que no ya no eran secretos

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Álvaro García Ortiz durante una sesión del juicio en el Tribunal Supremo acompañado de sus abogados. EFE El ex fiscal general pide al Constitucional anular su condena por «irracional y arbitraria»

García Ortiz alega que la pareja de Díaz Ayuso incurrió en una «autodivulgación» de sus correos electrónicos, por lo que no ya no eran secretos

Mateo Balín

Lunes, 13 de abril 2026, 17:21 | Actualizado 17:45h.

... responsable de un delito de revelación de datos reservados de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid Isabel Díaz Ayuso. En su recurso de amparo, reclama a la corte de garantías que declare la «vulneración» de varios derechos fundamentales y «la nulidad de la sentencia» por ser «irracional y arbitraria, prescindiendo de hechos y pruebas de descargo» como los testimonios de varios periodistas.

Durante el juicio, Miguel Ángel Rodríguez, jefe de Gabinete de Ayuso, reconoció que había filtrado a la prensa el contenido del correo electrónico en el que se revelaba la existencia de las negociaciones y admitió que llegó a la deducción «lógica» de que se había frenado por indicación de la jefatura del ministerio público, pero que no tenía constancia de que fuera así. «La sentencia construyó la condena mediante un análisis fragmentado y parcial, prescindiendo de hechos y pruebas de descargo que cuestionaban la inferencia incriminatoria», asegura el recurso ante el Constitucional.

Para García Ortiz, la principal inferencia es la que le atribuye la filtración a él o a su entorno, porque no hay pruebas de que fuera él ni de «ese conocimiento o aceptación, si la revelación hubiera provenido de otra persona de su entorno». Por eso cree que esta afirmación se construye únicamente en torno a «una sospecha», la de la jefa de la Fiscalía Superior de Madrid, Almudena Lastra, quien declaró que desde el principio intuyó que las pesquisas contra González Amador se filtrarían y que, cuando sucedió, directamente preguntó a García Ortiz: «¿Has sido tú?». El ex fiscal general denuncia un salto valorativo por el que «de una sospecha sobre personas del entorno» se pasa «a una atribución de autoría», de culpabilidad.

García Ortiz también reprocha al Supremo que no tuvo en cuenta que el correo electrónico clave del caso, el que la defensa de González Amador envió el 2 de febrero de 2024 a Fiscalía con la oferta de reconocer que «ciertamente» se habían cometido delitos fiscales, «había pasado por múltiples manos y soportes». También sostiene que «existió una auto divulgación de la confidencialidad por parte de quienes la invocaban», es decir, de «González Amador». Todo eso, expone García Ortiz, dio lugar a una «noticia falsa», resaltando que el propio Supremo la calificó así en la sentencia.

En este punto, reprocha al Supremo que ni siquiera tiene en cuenta que en esa nota de prensa «la parte claramente incriminatoria del correo» -ese «ciertamente...»- «fue expresamente excluida». Y ello, asegura, porque «la finalidad era transmitir a la opinión pública la realidad de los hechos, sin ningún ánimo incriminatorio ni de revelar ningún dato que ya no estuviera ampliamente divulgado».

El borrado de mensajes

El ex fiscal general también denuncia el registro efectuado por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en su despacho el 30 de octubre de 2024. Recrimina que el juez instructor, Ángel Hurtado, dio una orden «en términos tan amplios y vagos» que entregó a los agentes «una discrecionalidad sin control» que derivó en «la incautación de información irrelevante o confidencial, innecesaria para la investigación en curso», y de la que se hicieron hasta tres copias. La defensa sostiene que fue una medida ilegal por desmedida, porque «el sacrificio de derechos e intereses provocado (...) era desproporcionadamente superior al beneficio esperado». «No se ponderaron los riesgos colaterales de incautar dispositivos que, tratándose del fiscal general, contenían información de altísima sensibilidad para intereses públicos y de seguridad nacional», señala.

De la misma forma, rechaza que la explicación que dio García Ortiz durante el juicio, de que borraba sus mensajes periódicamente por razones de seguridad, pueda interpretarse como una «confesión». Aclara que solo lo hizo «por la necesidad de dar explicación a un hecho que se descubrió en esa actuación ilícita», el registro, al que el Supremo confiere un valor probatorio, «muy relevante». El tribunal juzgador, en cambio, consideró que no había «obligación legal del borrado, por lo que el ex fiscal general debía haberlos conservado».

Tras los recursos presentados por la Fiscalía General del Estado, cuya ponencia recayó en la magistrada progresista María Luisa Segoviano, y el de este lunes de la Abogacía del Estado en nombre de García Ortiz, lo siguiente será decidir sobre la admisión a trámite de ambos recursos, algo que es muy probable que se resuelva favorablemente. El condenado, en la actualidad fiscal de Sala en el Supremo, fue condenado a dos años de inhabilitación para el cargo, a una multa de 7.200 euros y a indemnizar con 10.000 a González Amador por los daños morales ocasionados. Además, deberá abonar las costas procesales, que tras el último cálculo estimado se sitúan en 39.000 euros.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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