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La ministra de Sanidad, Mónica García, en la sala de prensa de la Moncloa. EFE El Gobierno aprueba el borrador de la ley para frenar la privatización de la sanidadLa gestión privada de hospitales en la red pública de todo el país será «excepcional», con duras limitaciones y deberá superar la evaluación previa de un comité de expertos
Madrid
Martes, 10 de febrero 2026, 14:04
... Salud (SNS). Es la ley que tiene como objetivo frenar la privatización de los servicios sanitarios españoles y que garantizar que la gestión de los hospitales y centros de salud del SNS sea pública es la «prioridad» de todas las administraciones sanitarias y la norma para todo el país.La norma, que no será retroactiva, prohíbe el polémico modelo del Hospital de Torrejón y favorece los conciertos de servicios sanitarios con entidades sin ánimo de lucro
En cualquier caso, los cambios que prevé la ley, que todavía tiene que pasar una segunda vez por el Consejo de Ministros y que no tiene ni mucho menos asegurada su obligada aprobación definitiva por el Parlamento, no son retroactivos, solo afectan a procedimientos futuros. Los conciertos y contratos existentes seguirán vigentes hasta su vencimiento. Eso sí, la ministra, partidaria de cambiar la actual situación cuanto antes, garantiza en la ley asesoramiento técnico de la Alta Inspección del SNS a todas las administraciones sanitarias que «deseen revertir servicios previamente externalizados».
Mónica García impulsa esta ley después de que en diciembre pasado, en coincidencia con el escándalo derivado de las grabaciones a responsables del Hospital de Torrejón (centro del 'modelo Alzira' propiedad de Ribera Salud), un informe elaborado por su ministerio alertase sobre la «creciente dependencia» del SNS de los hospitales privados. Señalaba que en doce años los hospitales privados o de gestión privada integrados en el SNS habían crecido un 36%, hasta ser 145, un tercio del total, y recibir 4.800 millones anuales de las arcas públicas. También añadía que se habían disparado los conciertos con centros privados para la realización de consultas, operaciones, pruebas diagnósticas o tratamientos, hasta suponer otros 7.000 millones al año.
Tres condiciones indispensables
El anteproyecto establece que la gestión de todos los centros sanitarios del SNS tendrá que ser ejercida «de manera preferente» y «prioritaria» de forma «directa» por las administraciones públicas, bien por alguno de sus niveles nacional, autonómico o local o mediante consorcios sanitarios públicos con participación de varias instituciones.
La ley solo permitirá la gestión privada de centros públicos o la atención privada a la población de determinadas zonas de salud con «carácter excepcional» y prohíbe por completo el 'modelo Alzira', que en la actualidad se aplica al menos a un hospital en Alicante y en cuatro de Madrid, casi todos en manos de Ribera Salud o Quirón. El ministerio señala que estos modelos de gestión indirecta privada tienen «peores resultados en hospitalizaciones evitables y mortalidad por infarto o ictus que hospitales públicos similares» y que, además, «la privatización se asocia con una reducción de plantillas que puede erosionar la calidad asistencial y la sostenibilidad del sistema».
Así, solo se permitirá la gestión o atención privada de la red pública «si no es posible la prestación directa», siempre que se «garantice sostenibilidad financiera y eficiencia» y solo sí se cumplen los requisitos «de calidad, continuidad, accesibilidad y asequibilidad del servicio» que se fijarán. Pero, además, antes de que la administración sanitaria pueda autorizar la gestión privada, el proyecto deberá superar varios filtros técnicos.
Examen técnico previo
El primero, una memoria justificativa elaborada por la administración sanitaria. El segundo, el análisis de la necesidad y viabilidad del proyecto por un comité de evaluación para la gestión sanitaria indirecta compuesto por expertos del ámbito sanitario, representantes profesionales y de la sociedad civil. Y el tercero, la publicación obligatoria del informe y la resolución en el boletín oficial correspondiente.
Para el caso concreto de la concesión de servicios, algo más vinculado a conciertos con centros privados y similares, como los acuerdos para reducción de listas de espera, será preceptivo un informe de la Oficina Nacional de Evaluación (ONE) para analizar la sostenibilidad financiera.
La norma no solo declara excepcional los acuerdos de las administraciones para la atención privada de la red pública o de sus pacientes sino que, en estos casos, priorizará la llegada de pactos con entidades u organizaciones privadas sin ánimo de lucro frente a empresas. Para ello introduce una cláusula en la Ley de Contratos del Sector Público que prioriza la asignación de servicios a entidades sin ánimo de lucro en casos de empate.
Controles y rendición de cuentas
El anteproyecto también establece unas obligaciones de buen gobierno, control y rendición de cuentas, medidas que deberán cumplir tanto gestores públicos como privados y que están destinadas «a reforzar el control institucional y la evaluación permanente de la gestión sanitaria».
Las comunidades autónomas deberán dotar a sus centros de instrumentos de buena gobernanza; se establecerán indicadores comunes de salud y calidad acordados en el seno del Consejo Interterritorial del SNS; las administraciones sanitarias deberán publicar periódicamente información detallada sobre contratación, conciertos, resultados de salud y calidad del servicio; y se establece la externalización de las auditorías siempre que se garantice la incompatibilidad entre la entidad auditora y la auditada para evitar conflictos de interés.
El borrador de ley también establece el compromiso del Ministerio de Sanidad, en el plazo de un año desde la aprobación de la norma, para que un grupo de personas expertas en economía de la salud, gestión sanitaria y sistemas de salud elabore un informe de evaluación de las experiencias de gestión privada en el SNS desde 1997.
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