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El Gobierno cambia la normativa de los semáforos: así serán las nuevas reglas a partir del 1 de octubre

El Gobierno cambia la normativa de los semáforos: así serán las nuevas reglas a partir del 1 de octubre
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La reforma del Reglamento General de Circulación trae novedades específicas para los distintos colectivos vulnerables y para conductores
SociedadEl Gobierno cambia la normativa de los semáforos: así serán las nuevas reglas a partir del 1 de octubre

La reforma del Reglamento General de Circulación trae novedades específicas para los distintos colectivos vulnerables y para conductores

La nueva normativa con los semáforos.RRSS
  • LIDIA TORCAZ
Actualizado 06/07/2026 - 14:27CESTMostrar comentarios35

La modificación del Reglamento General de Circulación (RGC) ya es un hecho después de que el Consejo de Ministros aprobara la modificación de la normativa cuyo objeto es reforzar la seguridad de los usuarios vulnerables en la vía al igual que modificar la de los conductores que deberán asumir una serie de cambios. 

Todo queda modificado dentro del nuevo Título VI en el reglamento que recoge normas que habrá que aplicar en las calles de la ciudad, así como obligaciones que afectarán a la convivencia diaria entre peatones, ciclistas y conductores de vehículos a motor. Esto supondrá cambios de calado en la señalización y el comportamiento en ciudad.

Una de las primeras modificaciones será con respecto a los semáforos: no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde para los peatones en un mismo paso. De ese modo se pretende acabar con la duda que pueda generar ese momento y que siempre  ha estado en favor de la seguridad del peatón pero que ha generado muchos problemas.

Respecto a los ciclistas: la nueva normativa establece que circularán preferentemente por el centro del carril, mientras que los conductores de vehículos a motor tendrán que respetar esta posición y mantener una separación mínima de 5 metros con el ciclista que les preceda en el mismo carril.

En vías de un solo carril limitadas a 30 km/h o inferior, los ayuntamientos podrán autorizar la circulación de bicicletas en ambos sentidos, siempre que exista la señalización pertinente.

Por lo que respecta a los profesionales del transporte que hasta el momento no era obligatorio portar el cinturón de seguridad en las urbes, se modifica el reglamento. Se elimina eta exención y los profesionales deberán llevar el cinturón abrochado en todo momento. Solo se mantendrán exenciones muy específicas por razones médicas acreditadas y durante las maniobras de marcha atrás y estacionamiento.

Fecha en la que entran en vigor estas modificaciones

El nuevo Real Decreto tiene previsto entrar en vigor a partir del 1 de octubre de 2026. Eso sí, aún habrá algunas excepciones para dar margen a la industria y a la administración. La obligatoriedad del alumbrado para los VMP y el uso de cascos homologados (y no solo certificados) para ciclomotores será para el 1 de octubre de 2027.

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