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Política

El juez del 'caso Plus Ultra' imputa a las hijas de Zapatero y a su secretaria

El juez del 'caso Plus Ultra' imputa a las hijas de Zapatero y a su secretaria
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El magistrado José Luis Calama toma esta decisión a instancias de la Fiscalía Anticorrupción Leer

El juez de la Audiencia NacionalJosé Luis Calama ha acordado imputar en el caso Plus Ultra a las hijas de José Luis Rodríguez Zapatero, Alba y Laura Rodríguez Espinosa. El magistrado ha adoptado la misma decisión respecto a la secretaria del ex presidente del Gobierno, Gertrudis Alcázar.

Calama acepta así la solicitud presentada el martes por la Fiscalía Anticorrupción, que consideraba necesario tomar declaración a las hijas y a la secretaria en calidad de investigadas. También lo había reclamado con anterioridad la acusación popular. En una resolución posterior se fijarán las fechas de las comparecencias.

El auto no precisa los delitos concretos que se atribuyen a las hijas y a la secretaria, si bien su padre y jefe está investigado, principalmente, por tráfico de influencias y blanqueo.

En relación con las hijas, Calama recuerda que ambas son administradoras formales de Whathefav, una sociedad "instrumental", según los investigadores, destinada a recibir los fondos pagados a Zapatero por sus gestiones para que se concediera el rescate de 53 millones a la aerolínea. Esta circunstancia "determina, por sí mismo, la procedencia de su citación en calidad de investigadas".

"La investigación atribuye a dicha sociedad un papel instrumental en la canalización, ocultación o facilitación de operaciones relevantes para los hechos objeto del procedimiento, y esa mera constatación objetiva sitúa a sus administradoras en el círculo de personas potencialmente afectadas por la imputación, en cuanto titular de la representación orgánica y responsable de la dirección jurídica de la entidad", explica.

José Luis Rodríguez Zapatero, el miércoles, abandona la Audiencia Nacional tras prestar declaración.Borja Sánchez TrilloEfe

El magistrado indica que la alternativa de llamarlas a declarar en calidad de testigos "les impondría el deber de decir verdad y la prohibición de reservarse información, comprometiendo de forma irreversible su derecho a no declarar contra sí mismas y a no confesarse culpables". Así pues, la citación como investigadas "no solo es jurídicamente posible, sino necesaria para preservar sus derechos fundamentales y para garantizar la validez de las diligencias".

En cuanto a la secretaria del expresidente del Gobierno, Gertrudis Alcázar, el magistrado indica que la actividad que se le atribuye en el auto en el que dictó la imputación de Zapatero justifican su imputación. El magistrado, conforme a los informes de la Udef, la situaba en un tercer nivel de la trama, ejecutando las indicaciones del ex presidente.

En la misma resolución, el juez rechaza la mayoría de las diligencias propuestas por la acusación popular unificada y por la defensa de Zapatero.

El expresidente del Gobierno había solicitado al juez que ampliara la solicitud de cooperación a Estados Unidos para incluir determinada información y documentación referida a la incautación teléfono de un empresario investigado, en el que se hallaron mensajes comprometedores para el ex presidente.

El juez argumenta que solo cuando EEUU responda a la petición de autorización para emplear ese material en un eventual juicio se podrá valorar si es preciso aclarar más extremos sobre lo sucedido con ese móvil.

Calama rechaza igualmente las diligencias solicitadas por la acusación popular unificada, entre ellas la citación como investigados del exministro de Transportes José Luis Ábalos, de su asesor Koldo García o la del ex secretario de Estado Pedro Saura como testigo.

También se rechaza la medida cautelar solicitada por esta acusación en la que pedía la imposición de una fianza por el importe de la deuda impagada por Plus Ultra. El juez aclara que esta investigación no se centra en el procedimiento administrativo de concesión de la ayuda pública a Plus Ultra ni, en términos generales, la regularidad del funcionamiento del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas, sino las conductas concretas que pudieron influir en la concesión de dicha ayuda en cuanto pudieran ser constitutivas de tráfico de influencias.

Fuente original: Leer en El Mundo - España
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