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Política

El juez procesa a siete ex altos cargos de la Junta en otra pieza del caso ERE por las ayudas a Boliden

El juez procesa a siete ex altos cargos de la Junta en otra pieza del caso ERE por las ayudas a Boliden
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El magistrado ve indicios de delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental y entre los acusados está el ex consejero Manuel Recio Leer

El juez José Ignacio Vilaplana que investiga las piezas pendientes del caso ERE ha dictado un auto que cierra la instrucción de la causa relacionada con la concesión de ayudas por valor de 54,3 millones de euros a la empresa Boliden Apirsa y que sentará en el banquillo a siete ex altos cargos socialistas de la Junta de Andalucía, entre ellos el que fuera consejero de Empleo, Manuel Recio.

El magistrado ha acordado continuar como procedimiento abreviado las diligencias abiertas en su día tras observar indicios de delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental. Además de Recio, han sido procesados en esta pieza tres ex viceconsejeros, dos ex directores generales de Trabajo y Seguridad Social y un ex director general de la Agencia IDEA.

En cambio, se ha dictado el sobreseimiento de la causa provisional para los exconsejeros de la Junta Antonio Fernández (consejero de Empleo entre abril de 2004 y marzo de 2010) y Martín Soler (consejero de Innovación, Ciencia y Empresa desde abril de 2009 hasta marzo de 2010) al entender que, respecto de ellos, "no se encuentran en la causa indicios sólidos que permitan atribuirles participación -relevante penalmente- en los hechos por los que se procede en la presente causa", según el auto que ha remitido a los medios este miércoles el gabinete de comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El juez subraya que "es cierto" que el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Daniel Alberto Rivera y una testigo "relatan en sus respectivas declaraciones judiciales que el acuerdo entre los directivos de ambas consejerías en orden a cooperar en la ilícita financiación de esa línea de ayudas habría sido asumido por los sucesivos viceconsejeros" de dichas consejerías, "pero no constan manifestaciones concluyentes de que dicho acuerdo hubiera sido adoptado con el beneplácito de los respectivos consejeros".

"Por consiguiente, la implicación de los cargos y directivos superiores -los consejeros- en tales hechos delictivos no puede sostenerse en consideración a evidencias solventes, más allá de las sospechas de que, por su posición como responsables máximos de las respectivas consejerías, habrían tenido conocimiento de la irregular disposición de aquéllos fondos y de los acuerdos determinantes de tal ilícita actuación", apunta el juez en el mismo auto.

La empresa Boliden Apirsa y un colectivo de ex trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo (ERE) en 2001 recibieron ayudas por valor de 54.279.986,16 euros, con la intención de financiar las pólizas de rentas temporales suscritas por los sindicatos CCOO y UGT con Vitalicio Seguros, así como un plan recolocación para los empleados.

Como se recordará, Boliden Apirsa fue la empresa que gestionaba la mina de Aznalcóllar cuando sufrió, en abril de 1998, la rotura de una balsa que provocó un inmenso vertido de aguas y lodos tóxicos en la cuenca del río Guadiamar. Aquel desastre conllevó el cierre de la explotación y el despido de todos sus trabajadores, que se acogieron posteriormente a este plan de ayudas para la financiación de sus rentas.

Entre las ayudas recibidas por Boliden y por el colectivo de trabajadores destaca una por valor de 52.511.754,30 euros concedida para financiar los compromisos de concesión y pago de "ayudas sociolaborales" en favor de los extrabajadores afectados por el ERE 3/2001 de la empresa mediante la financiación de una póliza de seguro colectivo de rentas temporales suscrita por los sindicatos CCOO y UGT con Vitalicio Seguros.

De igual modo, el juez analiza en la resolución la ayuda por importe de 1.768.231,86 euros concedida para financiar un suplemento a la póliza anterior, suscrito para la contratación de rentas vitalicias adicionales a las rentas temporales pactadas en aquella.

Junto a las anteriores, el magistrado también resalta en el auto las ayudas concedidas y satisfechas por los responsables de la Consejería de Empleo y de Innovación en favor del colectivo de extrabajadores de Boliden Apirsa que, "una vez extinguida su relación laboral, se habrían acogido a sucesivos planes de recolocación -más bien, un sólo plan con sucesivas y distintas condiciones o negociaciones- eficazmente intermitentes, no siempre aceptados o cumplidos por los propios extrabajadores; quienes, finalmente, serían indemnizados por no haber sido "recolocados" con supuestas "ayudas sociolaborales excepcionales" en el curso de los años 2008 a 2011".

Fuente original: Leer en El Mundo - España
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