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El juez rechaza la recusación de Zapatero contra Yanes y la mantiene como tasadora de las joyas del expresidente

El juez rechaza la recusación de Zapatero contra Yanes y la mantiene como tasadora de las joyas del expresidente
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José Luis Rodríguez Zapatero. Efe

Tribunales El juez rechaza la recusación de Zapatero contra Yanes y la mantiene como tasadora de las joyas del expresidente Publicada 29 septiembre 2026 12:34h Actualizada 29 septiembre 2026 12:43h Las claves Síguenos Las claves Generado con IA

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama, instructor del caso Plus Ultra, ha rechazado la recusación presentada por la defensa de José Luis Rodríguez Zapatero contra la designación de la joyería Yanes para efectuar una tasación de las joyas encontradas por la Policía en el despacho del expresidente del Gobierno.

Así figura en una resolución, fechada este martes y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.

El abogado de Zapatero, Víctor Moreno Catena, alegó "falta de imparcialidad" e "interés directo o indirecto" de la casa de joyería designada, debido a que el director general de la misma, Juan Yanes López, había realizado manifestaciones públicas anticipando el valor global de las piezas.

Sin embargo, el juez echa por tierra dichos argumentos, que tacha de "meras sospechas de predisposición o apariencia de parcialidad".

Calama concluye que lo expresado por el letrado de Zapatero no encaja en ninguna de las causas legalmente previstas para formular una recusación.

"Tal alegación no permite apreciar, ni siquiera indiciariamente, la existencia de parentesco, amistad, enemistad o interés personal del perito recusado en el resultado del procedimiento", subraya el magistrado, que investiga a Zapatero por, entre otros, los supuestos delitos de tráfico de influencias y organización criminal.

Lo relevante en este caso, según explica Calama, "no es la existencia de una opinión previa sobre el objeto en litigio, sino la concurrencia de un interés personal, directo o indirecto, en el resultado del proceso". Y esta circunstancia, en este caso, no está ni siquiera "mínimamente acreditada".

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