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El PP exige a la JEC garantías de que el 29-N no votarán los incluidos en el CERA cuya inscripción está suspendida

El PP exige a la JEC garantías de que el 29-N no votarán los incluidos en el CERA cuya inscripción está suspendida
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El Tribunal Supremo debate hoy ofrecer a los inscritos por la 'ley de nietos' que puedan personarse en el procedimiento. Más información: Los 184 municipios que antes de 1955 no existían pero la 'ley de nietos' multiplica su censo CERA: 23.742 nuevos votantes

Embajada de España en Ciudad de México. Efe

Tribunales El PP exige a la JEC garantías de que el 29-N no votarán los incluidos en el CERA cuya inscripción está suspendida

El Tribunal Supremo debate hoy ofrecer a los inscritos por la 'ley de nietos' que puedan personarse en el procedimiento.

Más información: Los 184 municipios que antes de 1955 no existían pero la 'ley de nietos' multiplica su censo CERA: 23.742 nuevos votantes

Publicada 5 octubre 2026 21:28h Actualizada 5 octubre 2026 21:45h LO ESENCIAL Exclusivo suscriptores Síguenos LO ESENCIAL Generado con IA Las claves

El Partido Popular ha dirigido hoy un escrito a la Junta Electoral Central (JEC) para que garantice el cumplimiento de las medidas cautelares ordenadas por el Tribunal Supremo durante el proceso electoral que comienza mañana y acabará el 29 de noviembre.

El alto tribunal acordó el 10 de septiembre suspender cautelarmente la inscripción en el censo electoral de personas que hayan obtenido la nacionalidad española en virtud de la Instrucción del Ministerio de Justicia que regula la aplicación de la llamada 'ley de nietos'.

La suspensión de inscripción en el CERA (censo electoral de españoles que viven en el extranjero) no rige para los extranjeros nacionalizados respecto a los cuales los encargados de los Registros Consulares expidan una certificación acreditativa de que sus padres o abuelos tuvieron que exiliarse y renunciar a la nacionalidad española por razones políticas o ideológicas, tal como estableció la Ley de Memoria Democrática.

La polémica Instrucción que ha puesto patas arriba el censo CERA amplió notablemente el supuesto legal previsto en la Ley de Memoria Democrática al indicar que "se presumirá la condición de exiliado respecto de todos los españoles que salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955".

En ejecución de lo resuelto por el Tribunal Supremo, la Junta Electoral Central acordó el 14 de septiembre ordenar a los Registros Consulares que desglosen las inscripciones en el CERA realizadas por aplicación directa de la Ley de Memoria Democrática y las que se hayan hecho aplicando la Instrucción del Ministerio de Justicia que puede ser contraria a la Ley.

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Ese mismo día, la JEC ordenó a la Oficina del Censo Electoral que suspenda el derecho al voto de los ya inscritos, a excepción de los casos en que los cónsules expidan la certificación acreditativa de que se cumplen los presupuestos establecidos por la 'ley de nietos' (que los ascendientes de la persona nacionalizada tuvieran que exiliarse de España por motivos políticos).

El PP "no tiene noticia del resultado de ninguna de esas actuaciones: ni del número de certificaciones expedidas, ni del desglose practicado, ni de la forma en que la Oficina del Censo Electoral ha dado cumplimiento a la suspensión de efectos electorales", dice el escrito de Francisco Galeote, representante general de la formación que dirige Alberto Núñez Feijóo.

El documento recuerda que la medida cautelar acordada por el Tribunal Supremo ha de aplicarse sobre un censo ya cerrado, el del pasado 1 de agosto, y dentro de un calendario que empieza a correr mañana.

De acuerdo con la ley electoral, a partir de la convocatoria de los comicios generales, que será publicada en el BOE de mañana, la Oficina del Censo Electoral debe remitir la documentación electoral a los inscritos en el CERA. Ha de hacerlo a partir del decimoctavo día y antes del vigesimoquinto día posterior a la convocatoria.

El PP indica que los tres órganos implicados en el voto de los inscritos en el CERA (la Oficina del Censo Electoral, que envía la documentación; las oficinas consulares, que recibe y custodia los votos, y las Juntas Electorales Provinciales, que los incorpora al escrutinio) deben contar antes de que se inicien los trámites "con una misma relación de electores afectados y con instrucciones uniformes de la JEC sobre el tratamiento que han de darles".

"Sin esa coordinación, la suspensión acordada por el Tribunal Supremo quedará materialmente sin efecto en el primer proceso electoral al que estaba llamada a aplicarse", sostiene.

Según el PP, la Oficina del Censo Electoral "no puede condicionar la aplicación de la suspensión al resultado del desglose ni mantener provisionalmente los efectos electorales de las inscripciones no clasificadas: la situación de partida de todas ellas es la suspensión".

Considera también que la carga de acreditar que se cumple la Ley de Memoria Democrática [que los ascendientes tuvieron que exiliarse] "recae sobre quien lo invoca y sobre el encargado del Registro Consular que certifica, no sobre la Administración electoral".

"En defecto de certificación expedida y comunicada a la Oficina del Censo Electoral antes de la fecha que esa Junta fije, el elector no puede figurar con plenos efectos en las listas [el censo] de estas elecciones", sostiene.

Transparencia

El PP apela a las funciones de la JEC para garantizar la transparencia de las elecciones y manifiesta que, "sin conocer qué inscripciones tienen suspendidos sus efectos, cómo se reflejan en el censo y qué tratamiento reciben en la remisión de la documentación, en la urna consular y en el escrutinio" las formaciones políticas no pueden ejercer las facultades de reclamación e impugnación del censo que les otorga la ley electoral.

Por ello, pide a la JEC que le informe del estado de ejecución de las medidas cautelares acordadas por el Tribunal Supremo.

En particular, el PP quiere saber si se ha realizado el desglose entre las inscripciones correctamente realizadas conforme a la Ley de Memoria Democrática y las hechas aplicando la Instrucción del Ministerio de Justicia.

También cuál ha sido el resultado numérico de ese desglose, por circunscripciones; cuántas certificaciones han emitido los Registros Consulares; y de qué modo se aplica la suspensión de efectos electorales sobre el censo cerrado a 1 de agosto de 2026.

El escrito del PP solicita que la JEC ordene a la Oficina del Censo Electoral que "aplique la suspensión [del derecho al voto] a la totalidad de las inscripciones en el CERA derivadas de la Ley de Memoria Democrática, cualquiera que sea su fecha, exceptuando únicamente aquellas respecto de las que conste expedida y comunicada la certificación" de la condición de exiliados de los ascendientes.

Igualmente, que la JEC ordene a la Oficina del Censo Electoral que, antes del inicio del plazo de remisión de la documentación electoral (el día decimoctavo posterior a la convocatoria), "tenga identificadas en el censo vigente las inscripciones suspendidas, las excluya de dicha remisión y de las listas y copias del censo que se faciliten para estas elecciones y comunique a cada Oficina Consular y a cada Junta Electoral Provincial la relación de electores de su demarcación o circunscripción afectados por la suspensión".

Además, pide que la JEC requiera al Ministerio de Asuntos Exteriores para que dote a las Oficinas Consulares de las instrucciones y de los medios personales y materiales necesarios para dar cumplimiento a las resoluciones del Tribunal Supremo en este proceso electoral.

Debate en el TS

Por su parte, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo tiene previsto debatir sobre el emplazamiento como interesados de los nuevos nacionalizados en virtud de la 'ley de nietos' para que puedan personarse en el procedimiento en el que se dirime su derecho al voto.

La falta de este emplazamiento fue uno de los argumentos utilizados por vocales de la JEC para cuestionar la actuación de la Sala.

Dado que no se conocen los nombres de los interesados, el emplazamiento podría realizarse mediante edictos que deberían publicar las oficinas consulares.

El Tribunal Supremo tiene también pendiente de resolver el recurso de la Abogacía del Estado contra las medidas cautelares acordadas el 10 de septiembre.

La voluntad de la Sala es acelerar la resolución de este recurso ante la convocatoria de elecciones generales para el próximo 29 de noviembre.

Los dos recurrentes, los partidos Iustitia Europa y Vox, han presentado este lunes escritos para que el tribunal garantice la "plena efectividad" durante este proceso electoral de las medidas cautelares acordadas.

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