El Tribunal Constitucional comenzará a estudiar en Pleno esta semana los recursos de amparo de los líderes del procés. El asunto de cabecera es del ex conseller Jordi Turull que alegó vulneración de derechos fundamentales ante la negativa de la Sala Segunda del Tribunal Supremo a aplicar la amnistía al delito de malversación de caudales públicos del 1-O.
Aunque la ponencia del asunto ha correspondido al magistrado del bloque conservador del TC, José María Macías, quien propone desestimar la demanda interpuesta por el político independentista, es altamente probable que la mayoría progresista liderada por el presidente Cándido Conde-Pumpido imponga su criterio y ampare a Turull. Las distintas fuentes del Constitucional consultadas dan por hecho que se estimará este amparo como antesala del resto de recursos que han presentado varios líderes del procés, entre ellos el ex presidente catalán Carles Puigdemont o el ex vicepresidente Oriol Junqueras.
Una vez estimado el recurso de Jordi Turull, la gran pregunta es saber cuánto tiempo tardará el magistrado instructor del 1-O, Pablo Llarena, en aplicar la Ley de Amnistía respecto de la malversación por la que se encuentra en la actualidad procesado y prófugo Puigdemont. Fuentes del Alto Tribunal consultadas por EL MUNDO indican que si en su sentencia el Constitucional establece una argumentación que no sólo se ciña al caso de Turull -sino que sea aplicable al resto de los promotores del desafío independentista-, Llarena levantará la orden nacional de detención que pesa sobre Puigdemont de manera inmediata y, además, aplicará el fallo de la corte de garantías al prófugo sin tener que esperar necesariamente a que se resuelva su recurso de amparo.
Esto facilitaría la vuelta de Puigdemont el próximo mes de octubre, indican las fuentes consultadas. Aunque el bloque conservador del TC da por hecho que el proyecto de sentencia de Macías no va a contar con el respaldo de la mayoría, el ponente no tiene previsto renunciar a la redacción de la sentencia donde se plasme el criterio del bloque progresista. Esta circunstancia se ha producido en otras ocasiones en la corte de garantías cuando un ponente discrepa del criterio de la mayoría del Pleno pero acepta redactar la sentencia aunque no comparta los argumentos jurídicos.
El bloque de los conservadores sabe que Macías no tendrá mayoría
La ponencia de Macías que debatirá esta semana el Pleno avala la actuación del Alto Tribunal. En la misma, se recoge que "la interpretación llevada a cabo por la Sala Segunda del Tribunal Supremo no puede tildarse de sorpresiva o imprevisible, y mucho menos de caprichosa o fruto de una supuesta animadversión hacia el recurrente, sino que se ajusta a la doctrina vigente sobre los elementos del tipo penal de la malversación".
Cuando Llarena rechazó amnistiar el delito de malversación atribuido a Puigdemont adujo dos motivos. El primero, que la actuación del ex presidente de la Generalitat comprometió los intereses financieros de la Unión Europea -argumento que fue descartado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea el pasado mes de julio- y, el segundo, porque la propia Ley excluía que se amnistiase aquella apropiación de fondos que fuera llevada a cabo con propósito de obtener un beneficio de carácter patrimonial.
Llarena rechazó amnistiar el delito de malversación al ex president
El ponente Macías refrenda esta tesis y subraya que "el beneficio puede ser cualquier ventaja o utilidad que no requiere del enriquecimiento propio ni del provecho ajeno. En este punto, las resoluciones impugnadas abundan en una idea que parece relevante, y que consiste en la capacidad de disposición de la que se carecía o que se ejerce indebidamente (...) Quien dispone de unos bienes (bien en forma apropiativa o bien en forma de administración desleal) como si fueran propios ya asume un beneficio patrimonial, permitiéndole hacer uso de unos bienes sobre los que carecía de facultad de disposición alguna".
El magistrado recalca además que, "como puso de manifiesto el Tribunal Supremo, con la tesis planteada por el recurrente, cualquier malversación del procés sería amnistiable, porque ninguna hubiera implicado beneficio personal de carácter patrimonial, impidiendo así la aplicación de una exención prevista por el legislador".
El Constitucional tiene previsto deliberar sobre el amparo de Turull el próximo martes. En el caso del ex conseller será la Sala de lo Penal del Supremo, que en la actualidad preside el magistrado Andrés Martínez Arrieta, la que tenga que acatar el fallo y aplicar la amnistía a la malversación de caudales públicos del 1-O.