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El Supremo confirma los 39.000 euros en costas a García Ortiz en el juicio por la filtración sobre el novio de Ayuso

El Supremo confirma los 39.000 euros en costas a García Ortiz en el juicio por la filtración sobre el novio de Ayuso
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La Sala Penal ratifica la propuesta por la letrada de la Administración de Justicia y se niega a reducir todavía más la cuantía impuesta al exfiscal general del Estado
El Supremo confirma los 39.000 euros en costas a García Ortiz en el juicio por la filtración sobre el novio de Ayuso

La Sala Penal ratifica la propuesta por la letrada de la Administración de Justicia y se niega a reducir todavía más la cuantía impuesta al exfiscal general del Estado

Regala esta noticia Añádenos en Google Álvaro García Ortiz. (Efe)

Melchor Sáiz-Pardo

07/07/2026 Actualizado a las 15:49h.

El Tribunal Supremo ha cerrado la vía para que Álvaro García Ortiz vuelva a rebajar las costas procesales derivadas de la causa en la ... que fue condenado por revelación de secretos contra Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. La Sala de lo Penal ha desestimado los recursos de revisión presentados por la Abogacía del Estado, en nombre del exfiscal general, y por el importe definitivo en 39.009,48 euros.

La resolución -ponencia de Andrés Martínez Arrieta- es no recurrible, por lo que deja ya sin margen procesal ordinario la discusión sobre las partidas incluidas en las costas que deberá asumir García Ortiz por los gastos de defensa de la acusación particular ejercida por González Amador.

«Litigante victorioso»

El Supremo descarta el argumento central de la Fiscalía, que pedía excluir de la tasación todas aquellas actuaciones de la acusación particular que no fueran estrictamente imprescindibles para el impulso del procedimiento. El Ministerio Público sostenía que las costas no podían convertirse en una compensación global de todos los gastos del «litigante victorioso» y defendía aplicar criterios de moderación, incluida como referencia la llamada regla del tercio prevista en la jurisdicción civil.

La Sala rechaza esa traslación al proceso penal. Según los magistrados, la complejidad de una causa penal no depende de la cuantía de la indemnización o de la multa, sino de factores como la naturaleza de los hechos, la dificultad probatoria, el número de partes, la duración de la instrucción o las sesiones del juicio oral. En este caso, la condena a García Ortiz incluyó una indemnización de 10.000 euros a González Amador y una multa de 7.200 euros, mientras que las costas quedan fijadas en algo más de 39.000 euros.

El Supremo avala que la acusación particular cobre actuaciones de toda la causa, incluidas diligencias iniciales

«El hecho de que una línea de investigación no conduzca a la formulación de una acusación o, en su caso, al dictado de un pronunciamiento condenatorio no significa que las actuaciones procesales realizadas por la acusación particular carezcan de utilidad en el momento en el que se efectuaron», subraya el tribunal al rechazar que se excluyan actuaciones relacionadas con investigados finalmente sobreseídos.

La Abogacía del Estado también intentó dejar fuera varias partidas vinculadas a escritos y diligencias que, a su juicio, no guardaban relación directa con la condena de García Ortiz o habían sido provocadas por actuaciones de otras partes, incluidas acusaciones populares o el propio Ministerio Fiscal. El Supremo tampoco compra esa tesis. La Sala insiste en que no puede trocearse artificialmente el procedimiento entre las diligencias seguidas en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y las tramitadas después ante el Supremo por el aforamiento del entonces fiscal general.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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