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Política

El Supremo deniega la autorización a Ábalos para comparecer mañana en el Senado

El Supremo deniega la autorización a Ábalos para comparecer mañana en el Senado
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El magistrado afea a la Cámara Alta, donde tiene holgada mayoría el Partido Popular, que cursara la petición de comparecencia del ex ministro el 30 de diciembre, inhábil en los tribunales Leer

El magistrado de la Sala de lo Penal Leopoldo Puente ha acordado que no procede otorgar la autorización interesada por el presidente del Senado para que el acusado José Luis Ábalos, en prisión provisional comunicada y sin fianza, asista a la comparecencia señalada para mañana 8 de enero a las 10:00 horas en la comisión de Investigación, formada en la Cámara Alta, sobre los contratos, licencias, concesiones, ayudas y otras operaciones del Gobierno y del sector público, relacionadas con la intermediación de Koldo García y con las demás personas vinculadas a la trama investigación en la operación Delorme.

En su auto afirma que, ante la singular premura de la solicitud referida, no es posible otorgar la autorización interesada, lo que se pondrá en conocimiento de la Presidencia del Senado por el método más rápido posible ante la inmediatez de la comparecencia señalada por la comisión de Investigación, debiendo comunicarse también lo resuelto por el conducto ordinario normativamente previsto. Añade que todo ello, sin perjuicio de que, si ésta así lo decidiera, pueda reproducirse la solicitud en (y para) un momento posterior sobre ella con tiempo suficiente para que resulte posible la imprescindible audiencia previa de las partes.

En una resolución, el juez explica que, antes de resolver sobre la pertinencia de que el ex ministro de Transportes y ex secretario de Organización del PSOE acuda al Senado, es necesario escuchar a la Fiscalía, su defensa y las acusaciones populares.

Además, Puente afea a la Cámara Alta, donde tiene holgada mayoría el Partido Popular, que cursara la petición de comparecencia de Ábalos el día 30 de diciembre, inhábil en los tribunales. No obstante, el instructor del denominado caso Koldo deja la puerta abierta que la Cámara Alta vuelva a cursar la petición de comparecencia del ex dirigente socialista -actualmente interno en la prisión de Soto del Real- en lo sucesivo.

Por otro lado, en otra resolución, el magistrado Leopoldo Puente ha rechazado la petición de la defensa de Ábalos de acomodar a un juicio con jurado la causa contra el ex titular de Transportes.

El juez contesta al escrito del encausado, al que se adhirió la representación de su ex asesor Koldo García, que la ley reguladora del jurado lo excluye cuando se trata de delitos cuyo enjuiciamiento, como sucede en este caso, venga atribuido a la Audiencia Nacional, "aunque por razón del aforamiento de uno de los investigados, corresponda a este Tribunal Supremo la instrucción y enjuiciamiento de los mismos". Añade al respecto que el escrito del ex ministro señala con acierto que "el aforamiento modifica el órgano judicial ordinariamente competente, pero no el procedimiento".

El instructor considera obvio que "la exclusión del procedimiento previsto en dicha ley cuando se trata de delitos cuyo enjuiciamiento venga atribuido a la Audiencia Nacional no obedece a la falta de capacidad de dicho órgano para implementar esa clase de procedimiento, ni a ninguna otra circunstancia vinculada con las particulares características de aquél. La razón que justifica las referidas exclusiones obedece a la especial complejidad, fáctica y técnico jurídica, de los referidos delitos, siendo ésta la que determinó que el legislador considerase improcedente el enjuiciamiento de los mismos a través de un Tribunal de Jurado".

Fuente original: Leer en El Mundo - España
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