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El Supremo deniega por su "premura" el permiso para que Ábalos comparezca este jueves en la comisión del Senado

El Supremo deniega por su "premura" el permiso para que Ábalos comparezca este jueves en la comisión del Senado
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El juez afirma que la solicitud para la comparecencia del exministro de Transportes puede reproducirse en "un momento posterior" y "con tiempo suficiente".

El exministro de Transportes José Luis Ábalos. Efe

Tribunales El Supremo deniega por su "premura" el permiso para que Ábalos comparezca este jueves en la comisión del Senado

El juez afirma que la solicitud para la comparecencia del exministro de Transportes puede reproducirse en "un momento posterior" y "con tiempo suficiente".

Publicada 7 enero 2026 11:09h Actualizada 7 enero 2026 11:14h

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El Tribunal Supremo ha denegado el permiso para que José Luis Ábalos, en prisión provisional, comparezca este jueves ante la comisión de investigación del Senado.

La negativa se debe a la "singular premura" con la que se solicitó la autorización para la comparecencia de Ábalos.

La comisión investiga contratos y operaciones del Gobierno relacionadas con Koldo García y la trama de la operación Delorme.

El juez indica que la solicitud podría presentarse de nuevo en el futuro, siempre que haya tiempo suficiente para oír a las partes implicadas.

El juez del Tribunal Supremo ha decidido que no procede otorgar la autorización interesada por el presidente del Senado para que el exministro José Luis Ábalos, en prisión provisional comunicada y sin fianza, asista a la comparecencia señalada para este jueves a las 10:00 horas en la comisión de Investigación, formada en la Cámara Alta, sobre los contratos, licencias, concesiones, ayudas y otras operaciones del Gobierno y del sector público, relacionadas con la intermediación de Koldo García y con las demás personas vinculadas a la trama investigación en la operación Delorme.

En su auto afirma que, ante la "singular premura" de la solicitud referida, no es posible otorgar la autorización interesada, lo que se pondrá en conocimiento de la Presidencia del Senado por el método más rápido posible ante la inmediatez de la comparecencia señalada por la comisión de Investigación, debiendo comunicarse también lo resuelto por el conducto ordinario normativamente previsto.

Añade que todo ello, sin perjuicio de que, si ésta así lo decidiera, pueda reproducirse la solicitud en (y para) un momento posterior sobre ella con tiempo suficiente para que resulte posible la imprescindible audiencia previa de las partes.

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