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El Supremo estima una impugnación de García Ortiz y rebaja a 39.000 euros las costas a favor de la pareja de Ayuso

El Supremo estima una impugnación de García Ortiz y rebaja a 39.000 euros las costas a favor de la pareja de Ayuso
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La tasación, inicialmente establecida en 80.000 euros, aún podría ser inferior tras los informes pedidos a la Abogacía . Más información: La pelea de la pareja de Ayuso y García Ortiz por 80.000 € en costas: "Si no era complejo, ¿por qué dos abogados del Estado?"

El fiscal general del Estado este martes a su llegada al Supremo. Efe

Tribunales El Supremo estima una impugnación de García Ortiz y rebaja a 39.000 euros las costas a favor de la pareja de Ayuso

La tasación, inicialmente establecida en 80.000 euros, aún podría ser inferior tras los informes pedidos a la Abogacía .

Más información: La pelea de la pareja de Ayuso y García Ortiz por 80.000 € en costas: "Si no era complejo, ¿por qué dos abogados del Estado?"

Publicada 27 marzo 2026 11:34h Actualizada 27 marzo 2026 13:52h

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La letrada de la Administración de Justicia que tramita las causas especiales en el Tribunal Supremo ha estimado parcialmente la impugnación por indebidas de la tasación de costas del proceso seguido contra el exfiscal general del Estado Álvaro García Ortiz.

Establecidas inicialmente en 80.000 euros, ahora quedan fijadas en un total de 39.000 euros.

La impugnación se realizó tanto por el abogado del Estado en defensa de García Ortiz como por la Fiscalía, y se hizo tanto por considerarlas indebidas como excesivas.

La estimación parcial de la impugnación por indebidas, con la consiguiente reducción del importe de las minutas del procurador y del abogado del empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso, se debe a que la LAJ ha aceptado excluir determinadas actuaciones que el letrado Gabriel Rodríguez Ramos había incluido en su reclamación del pago de las costas.

Así, la letrada de la Administración de Justicia considera que no procede la imposición de costas por recursos de reforma o apelación interpuestos tanto por García Ortiz como por la acusación particular, dado que no concurría mala fe o temeridad.

Además, la LAJ ha limitado al 40% el incremento de los honorarios por haber actuado ante el Tribunal Supremo.

Los criterios orientativos de honorarios profesionales establecidos por el Colegio de Abogados de Madrid señala que en las causas seguidas ante el TS se aplicará un aumento de "hasta un 60%".

La LAJ constata que "se trata del máximo aplicable" y recuerda que "es prudente y habitual en esta Sala ponderar de forma razonable su aplicación y fijarla en el 40%, sin que ello suponga que el
abogado minutante no pueda facturar a su representado el importe íntegro de los honorarios que hubieren concertado por sus servicios profesionales".

Informe de la Abogacía

La letrada de causas especiales ha acordado continuar la tramitación de la impugnación realizada por García Ortiz y la Fiscalía frente a la tasación de costas por excesivas.

Por lo tanto, la tasación ahora establecida (38.508,26 euros para el letrado y 501,22 para el procurador, IVA incluido), aún podría rebajarse.

La LAJ ha remitido el expediente al Consejo General de la Abogacía Española, para que emita el informe -preceptivo, pero no vinculante- previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil en los casos en que la tasación se impugna por excesiva.

En principio, ese informe debe ser realizado por el Colegio de Abogados. En este caso, el Colegio de Madrid (ICAM) actuó como parte acusadora en el proceso, por lo que tanto García Ortiz como la Fiscalía pidieron que fuera el Consejo General de la Abogacía el que emitiera el informe sobre la tasación de costas.

A este respecto, el decreto de la LAJ señala que "no cabe dudar de la imparcialidad que se supone a estas corporaciones [los colegios de abogados] ni sobre la competencia que, en el caso que nos ocupa, ostenta el ICAM".

Sin embargo, añade, "tampoco existe obstáculo legal para que, de forma excepcional, y en consideración a las peculiaridades del proceso, donde el ICAM es parte, el informe sea elaborado por el Consejo General de la Abogacía o, a su elección, se designe a otro colegio de la Comunidad
Autónoma de Madrid para que conjuntamente realice el informe con el ICAM".

  1. Tribunal Supremo
  2. Isabel Díaz Ayuso
  3. Consejo General de la Abogacía
  4. Álvaro García Ortiz
  5. Colegio de la Abogacía de Madrid
  6. Alberto González Amador

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    Fuente original: Leer en El Español
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