El Tribunal Supremo ha emitido una sentencia en la que contradice el criterio de Hacienda, al admitir que los propietarios de vivienda que hayan alquilado sus inmuebles puedan aplicar una amortización inferior al 3% por los periodos en que permanezcan arrendados cuando los vendan, siempre que no desarrollen una actividad económica.
Los pequeños propietarios de viviendas que hayan sido alquiladas y no desarrollen una actividad económica podrán aplicar un tipo de amortización inferior al 3% por los periodos en los que permanecieron alquiladas en su venta. Así lo ha fallado el Tribunal Supremo en una reciente sentencia que supone un alivio fiscal para estos propietarios, quienes previsiblemente tendrán ventaja respecto al criterio que hasta ahora mantenía Hacienda para calcular la ganancia patrimonial derivada de la transmisión.
Las amortizaciones del valor de adquisición de los inmuebles han sido a menudo motivo de conflictos con el Fisco, como señalan los abogados fiscalistas consultados por EXPANSIÓN. Hacienda ha venido negando la posibilidad de restar tras la venta, al calcular la ganancia patrimonial, las amortizaciones inferiores al 3% correspondientes a los ejercicios en los que la vivienda permanecía alquilada. Un criterio que ahora contradice el Alto Tribunal, asestando un nuevo golpe a la administración tributaria en beneficio de los contribuyentes.
Ahorro fiscal para los propietarios arrendadores tras vender sus viviendas
El Supremo argumenta que, para calcular la amortización es necesario tener en cuenta la literalidad de la normal del IRPF, que en su definición del concepto de depreciación efectiva especifica que la amortización no debe exceder el 3% sobre el coste de adquisición, por lo que puede ser incluso menor, como ocurrió en el caso al que alude el fallo y por lo que al Alto Tribunal entiende que la amortización cumple el requisito de efectividad.
"En un supuesto como el enjuiciado", argumentan los jueces, "en el que el sujeto pasivo no llevó a cabo actividades económicas empresariales o profesionales, pero obtuvo rendimiento del capital inmobiliario por la cesión de un inmueble y calculó la amortización conforme a lo previsto en la Orden Ministerial 27 de marzo de 1998, cuando en un momento posterior proceda a su transmisión, no tendrá que aplicar la amortización máxima del 3% sobre el coste de adquisición satisfecho o el valor catastral y sí podrá aplicar, para determinar el valor de adquisición de inmueble, otra inferior que encaje en el concepto de amortización mínima del artículo 35 de la LIRPF, en los términos expresados por esta sentencia"
La sentencia tiene un importante efecto económico para los propietarios de viviendas que, después de alquilarlas durante un tiempo, deciden ponerlas a la venta, una situación cada vez más común teniendo en cuenta la continuada desprotección a los propietarios que el Gobierno ha potenciado con sus políticas de vivienda en los últimos años, y que podrían prorrogarse al menos hasta final de 2026 tras su pacto de ayer con Bildu, corroborado este martes en el Consejo de Ministros.
El descuento del 3% sobre el valor de construcción como gasto de amortización por cada año que se alquiló la vivienda supone "un ahorro reducido de alrededor del 15% por cada 100 euros descontados, debido a la reducción del 60% aplicable sobre el rendimiento neto", explica el abogado Alejandro del Campo, socio de DMS Legal Intelligence. Este ahorro fiscal era hasta ahora contrarrestado por Hacienda tras la venta de la vivienda, "calculando una mayor ganancia patrimonial que podía suponer pagar hasta un 30% por cada 100 euros descontados en su momento".
Calendario fiscal de 2026: la campaña de la Renta arrancará el 8 de abrilHacienda pone el foco en las donaciones de padres a hijos para comprar una vivienda8 novedades fiscales a tener en cuenta en 2026 Comentar ÚLTIMA HORA-
14:18
Deloitte nombrará presidenta a Ana Torrens, la primera mujer en liderar una Big Four en España
-
14:05
El Supremo mejora la amortización fiscal de vivienda para los propietarios arrendadores
-
14:04
Las cuotas de autónomos se prorrogan en 2026: pagarán entre 200 y 590 euros al mes
-
14:01
Las entidades de crédito privadas se endeudan en exceso a medida que aumenta el riesgo
-
13:37
El Lazio sigue la estela del Cádiz para cotizar en el Nasdaq