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Política

El Supremo permite a Armengol y Torres declarar como testigos por escrito en el juicio de las mascarillas

El Supremo permite a Armengol y Torres declarar como testigos por escrito en el juicio de las mascarillas
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Los magistrados piden que la declaración sea entregada al tribunal antes del 7 de abril Leer

El Tribunal Supremo ha estimado la pretensión de la presidenta del Congreso y ex presidenta de Baleares, Francina Armengol, y el ministro de Política Territorial y ex presidente de Canarias, Ángel Víctor Torres, para que, de conformidad con la Ley de Enjuiciamiento Criminal, su testimonio en el juicio de las mascarillas se emita a través de un informe, en vez de compareciendo personalmente en la vista oral. El juicio, donde se sentará en el banquillo por varios delitos de corrupción el ex ministro de Transportes José Luis Ábalos, arrancará el próximo 7 de abril.

En un auto notificado este viernes, la Sala de Penal indica que "el análisis conjunto de los artículos 412 y 703 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite constatar que este último artículo dispone un privilegio para las personas que (...) son los miembros del Gobierno de la nación, presidente de altos organismos de la nación, Fiscal General del Estado y presidentes de las Comunidades Autónomas".

Los magistrados indican que "el privilegio consiste en emitir un informe sobre los hechos que constituyan el objeto por el cual han sido llamados al proceso como testigos, siempre y cuando los hechos de su conocimiento los haya adquirido por razón del cargo. Se trata de un privilegio que se dispone en la ley procesal, de forma explícita, a las personas que relacionan y lo sujeta a las condiciones derivadas del conocimiento de los hechos por razón del cargo y a la ostentación de un cargo relacionado en el mencionado artículo". En el auto, el Supremo admite que, como privilegio, debe ser interpretado "restrictivamente" y añade además que al mismo se puede renunciar.

La Sala considera que tanto la presidenta del Congreso como el ministro Torres gozan del citado privilegio y han mostrado su intención de hacer uso del mismo, circunstancia a la que el Supremo accede.

El auto recalca que el contenido de esos informes que ambos testigos emitirán se ajustará a lo que relaciona el Ministerio Fiscal en su escrito de acusación sobre la influencia y la facilitación de relaciones con las administraciones autónomas que respectivamente presidían.

Asimismo, la Sala recuerda a Armengol y Torres que deben decir la verdad en el informe que emitan y que los documentos deberán ser remitidos al tribunal antes del día 7 de abril, fecha de inicio de la prueba testifical.

Fuente original: Leer en El Mundo - España
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