Jueves, 11 de junio de 2026 Jue 11/06/2026
RSS Contacto
MERCADOS
Cargando datos de mercados...
Internacional

El Supremo rechaza la concesión del indulto parcial a García Ortiz

El Supremo rechaza la concesión del indulto parcial a García Ortiz
Artículo Completo 557 palabras
Descarta en un informe respaldar la medida de gracia al ex fiscal general para quitarle la inhabilitación «al no advertir razones de justicia, equidad o utilidad pública»
El Supremo rechaza la concesión del indulto parcial a García Ortiz

Descarta en un informe respaldar la medida de gracia al ex fiscal general para quitarle la inhabilitación «al no advertir razones de justicia, equidad o utilidad pública»

Regala esta noticia Añádenos en Google Los integrantes de la Sala que juzgaron a Álvaro García Ortiz. (EFE)

C. P. S.

11/06/2026 Actualizado a las 15:24h.

El tribunal del Supremo que condenó a Álvaro García Ortiz, ex fiscal general del Estado, por revelación de datos reservados rechazó este jueves por mayoría ... la concesión del indulto parcial «al no advertir razones de justicia, equidad o utilidad pública» que permitan aceptar a la petición. En su informe no vinculante, la Sala presidida por Andrés Martínez Arrieta destaca que «los hechos fueron graves, han producido una afectación importante de la institucionalidad del Ministerio Público por la relevancia de su función, como promotor de la justicia, garante de la independencia judicial y del ejercicio de los derechos de los ciudadanos de acuerdo a la legalidad».

Por todo ello, el tribunal insiste en la sustancial falta de contenido del indulto que se solicita. «Se indultan las penas; no el delito. Y no se indultan las penas ya cumplidas sino sólo las que están en ejecución (art. 4 de la Ley de Indulto). En el caso solo pende de ejecución la pena impuesta de inhabilitación especial para el cargo de Fiscal General del Estado», asegura el texto.

En suma, la Sala resuelve informar desfavorablemente la petición de indulto, y subraya que los proponentes del derecho de gracia -un grupo de ciudadanos particulares- no justifican en modo alguno, ni informan, sobre razones de justicia, equidad y de utilidad pública que aconsejaran la medida de gracia. El tribunal envía su informe a la presidenta del Tribunal Supremo a fin de que sea remitido al Ministerio de Justicia a los efectos oportunos.

«Consecuencias extrapenales»

El pasado 8 de mayo la Fiscalía del Supremo, que defendió la absolución de García Ortiz en el juicio, sí apoyó la concesión de un indulto parcial a quien fuera su máximo representante, ya que la inhabilitación para el cargo de fiscal general por tiempo de dos años «ha generado consecuencias extrapenales intensas y desproporcionadas».

La teniente fiscal, María Ángeles Sánchez Conde, puso de manifiesto que la medida de gracia no equivaldría a desconocer la sentencia ni pretende revisar los hechos que se han considerado acreditados ni su calificación jurídica, ya que su solicitud solo se encamina a tomar en consideración si la ejecución íntegra de la pena es o no desproporcionada.

Por todo ello, consideró que «necesaria, proporcionada y útil desde la perspectiva de la justicia, la equidad y la utilidad pública, en un supuesto que viene adornado por elementos singulares: la condición institucional del penado, la inexistencia de antecedentes penales, que en los hechos hubo total ausencia de beneficio personal patrimonial, que la causa tuvo una repercusión pública extraordinaria e incidencia desorbitada sobre la reputación, carrera profesional y posición institucional del penado».

comentarios Reportar un error
Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
Compartir