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El TC decidirá por primera vez si puede ordenar al Gobierno presentar los Presupuestos, como le obliga la Constitución

El TC decidirá por primera vez si puede ordenar al Gobierno presentar los Presupuestos, como le obliga la Constitución
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El pleno del Tribunal Constitucional respalda por unanimidad la propuesta de la magistrada Laura Diez Bueso y admite a trámite el conflicto de atribuciones presentado por el Senado. Más información: El TC examinará por primera vez el incumplimiento por el Gobierno del deber de presentar al Parlamento los Presupuestos

Pleno del Senado, en una imagen de archivo./ Efe

Tribunales El TC decidirá por primera vez si puede ordenar al Gobierno presentar los Presupuestos, como le obliga la Constitución

El pleno del Tribunal Constitucional respalda por unanimidad la propuesta de la magistrada Laura Diez Bueso y admite a trámite el conflicto de atribuciones presentado por el Senado.

Más información: El TC examinará por primera vez el incumplimiento por el Gobierno del deber de presentar al Parlamento los Presupuestos

Publicada 24 febrero 2026 14:01h

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El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido esta mañana, por unanimidad, admitir a trámite el conflicto de atribuciones promovido por el Senado -con mayoría del PP- frente al Gobierno por el incumplimiento de su deber de presentar a las Cortes el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado durante tres años consecutivos.

Será la primera vez que el TC se pronuncie en sentencia sobre la inobservancia por el Ejecutivo de la obligación que establece el artículo 134.3 de la Norma Fundamental.

De acuerdo con este precepto, el Gobierno "deberá" presentar ante el Congreso de los Diputados los Presupuestos Generales del Estado "al menos tres meses antes de la expiración de los del año anterior".

El TC ha respaldado la propuesta presentada por la magistrada ponente, Laura Díez Bueso, adelantada por EL ESPAÑOL.

La admisión del escrito del Senado amplía el entendimiento del conflicto de atribuciones entre órganos constitucionales y lo extiende, por primera vez, a una conducta omisiva del Ejecutivo.

De esta manera, el Constitucional se pronunciará en la futura sentencia sobre las tres peticiones del Senado.

La primera de ellas es que el tribunal de garantías declare que el incumplimiento del Gobierno de su deber constitucional de presentación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para los años 2024, 2025 y 2026 y el uso de la prórroga vulnera la atribución constitucional del Senado, consistente en examinar, enmendar, aprobar y modificar los Presupuestos Generales del Estado, así como su función de control al Gobierno.

En segundo lugar, solicita que se declaren inconstitucionales y nulas las prórrogas de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.

Finalmente, la Cámara Alta pide que se señale un plazo máximo para la presentación del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2026.

El Senado considera que la inacción del Gobierno de Sánchez, que ya ha prorrogado los Presupuestos en 2024 y 2025 y aún no ha presentado los del año en curso, vulnera las prerrogativas que establece para el Parlamento el artículo 134.5 de la Constitución.

Aquí se establece que "aprobados los Presupuestos Generales del Estado, el Gobierno podrá presentar proyectos de ley que impliquen aumento del gasto público o disminución de los ingresos correspondientes al mismo ejercicio presupuestario".

"Todas las modificaciones presupuestarias que se están realizando de los presupuestos prorrogados de 2023 suponen un fraude de ley a la obligación constitucional de presentación de unos nuevos presupuestos y vulneran la competencia legislativa del Senado", sostiene el conflicto de atribuciones.

Confianza parlamentaria

Para la Cámara Alta, el incumplimiento del Gobierno también vulnera el artículo 99.2 de la Constitución "dada la relación existente entre la no aprobación de los Presupuestos y la pérdida de la confianza parlamentaria otorgada en la investidura".

Y quiebra, finalmente, el artículo 23 en la medida en que "la no presentación y tramitación de los Presupuestos Generales del Estado impide la participación de los senadores en la función presupuestaria que integra el núcleo de la función representativa y, con ello, impide el ejercicio del derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos por medio de representantes".

El escrito del Senado recuerda que el Consejo de Ministros no adoptó antes del 30 de junio de 2025 el acuerdo fijando los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública, conforme a lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Una vez que lo hizo, los objetivos propuestos fueron rechazados por el Congreso el 27 de noviembre de 2025 y el 11 de diciembre de 2025, "razón por la cual es imposible que se aprueben unos Presupuestos para 2026", sostiene.

"Ello supone que no sólo se ha despojado al Senado de la potestad de debatir y aprobar en plazo los objetivos de estabilidad presupuestaria y de deuda pública, sino que se le está impidiendo ejercer la función presupuestaria que tiene encomendada por los artículos 66.2 y 134.1 de la Constitución".

Esa función presupuestaria de la Cámara se concreta en su participación en la tramitación parlamentaria del proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado y en la posibilidad de vetar o de presentar enmiendas al mismo.

El Senado también denuncia la utilización "abusiva e inconstitucional" de la figura de la prórroga presupuestaria y la desvirtuación del principio de anualidad.

Argumenta, a este respecto, que el artículo 134.2 de la Constitución acota la prórroga de los presupuestos del año anterior hasta la aprobación de los nuevos.

De ello "se desprende que solamente se pueden prorrogar los presupuestos del 'año anterior', lo que excluye la prórroga arrastrada durante años sucesivos y concatenados", sostiene.

Esta práctica "no es constitucional", afirma, porque desvirtúa el principio de anualidad.

"Un Presupuesto prorrogado no es un nuevo presupuesto anual, sino una técnica para evitar la ingobernabilidad que supondría la falta de aprobación de las cuentas públicas. Es un mecanismo excepcional y provisional, y está sometido a unos límites en cuanto a su ejecución", añade.

Las prórrogas de los Presupuestos de 2023 durante más de tres años, “como parece que va a ocurrir”, hacen de estos una norma que ya no es temporal y anual, sino plurianual y con vocación de permanencia, indica el Senado.

Abuso del decreto-ley

Además, el Gobierno, ante la falta de Presupuestos Generales, está supliendo sus necesidades presupuestarias comprometiéndose mediante decretos-leyes a gastos que no figuran en los presupuestos aprobados por las Cortes Generales, "legislando al margen de las Cámaras".

Para el Senado, cualquier modificación presupuestaria que implique un aumento de gasto o una reducción de los ingresos previstos en los Presupuestos de 2023 debe tramitarse no como decreto-ley sino como proyecto de ley, y no hacerlo así supone una vulneración del artículo 134.5 de la Constitución.

"Si el Gobierno, con el presidente a la cabeza, es incapaz de presentar unos Presupuestos con los que ejecutar el programa político que determinó que el Congreso de los Diputados le otorgara su confianza para la investidura, está defraudando e incumpliendo dicha confianza parlamentaria", afirma la Cámara Alta.

La no aprobación de los presupuestos comporta, a su parecer, "la pérdida real y efectiva de la confianza parlamentaria, revela una manifiesta incapacidad para seguir gobernando y determina una consecuencia de lógica constitucional: la disolución de las Cámaras".

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