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Política

El Tribunal Supremo rebaja la condena al 'Pequeño Nicolás' por sobornar a policías municipales de Madrid para consultar su base de datos

El Tribunal Supremo rebaja la condena al 'Pequeño Nicolás' por sobornar a policías municipales de Madrid para consultar su base de datos
Artículo Completo 377 palabras
La Audiencia Provincial le impuso más de cuatro años de prisión y el TS lo ha rebajado a dos y un mes Leer

Es la tercera condena firme al, ya cada vez menos pequeño, Pequeño Nicolás, Francisco Nicolás Gómez Iglesias. El Tribunal Supremo ha confirmado que es culpable de un delito de cohecho y de otro de revelación de secretos, aunque con una rebaja sustancial en la pena. De todas las tramas del joven pícaro, esta es la que implicaba a policías municipales del Ayuntamiento de Madrid y a otros en la consulta de las bases de datos policiales a cambio de dinero.

La Audiencia Provincial de Madrid le había condenado a más de cuatro años por esos delitos, pero en el recurso de casación resuelto este jueves, el Alto Tribunal ha rebajado la pena al aceptar con la máxima cualificación la atenuante de dilaciones indebidas, debido al largo tiempo que ha tardado en juzgarse el caso.

Dos de los anteriores condenados, el guardia civil ha resultado absuelto, así como el que fuera coordinador de Seguridad y Emergencias del Ayuntamiento de Madrid, Emilio García Grande, que dimitió hace ahora más de 10 años al estallar el caso.

En lo esencial, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo confirma la existencia de una trama en la que Francisco Nicolás Gómez Iglesias obtenía información reservada de bases de datos policiales gracias a la colaboración de varios agentes municipales y un guardia civil, a quienes recompensaba con gratificaciones económicas.

Esos pagos, dice la sentencia, se pactaban en mensajes con expresiones en clave más bien mortadelesca como "lechugas verdes", "lechugas moradas" o "rábanos".

Los datos facilitados solían ser la identidad y domicilio de titulares de vehículos, información protegida que solo es accesible por funcionarios en actuaciones oficiales. Esa información ayudaba significativamente en sus momentos de gloria al Pequeño Nicolás a dar vida a la ficción de que era un agente del CNI, por ejemplo.

El Supremo desestima los argumentos del recurso de las defensas sobre vulneración de derechos fundamentales, que habría supuesto, por ejemplo, la supuesta nulidad del registro domiciliario o del volcado de teléfonos móviles. Sin embargo, el TS considera que las autorizaciones judiciales estuvieron suficientemente motivadas.

Fuente original: Leer en El Mundo - España
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