La negativa del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunidad Valenciana a investigar a Carlos Mazón no es el único varapalo a la instrucción de la jueza de Catarroja. El Alto Tribunal cuestiona los motivos de la magistrada Nuria Ruiz Tobarra para pedir la imputación del ex presidente de la Generalitat, pero también su principal línea de investigación: el envío tardío del ES-Alert, sobre el que ha pivotado toda la instrucción que se prorrogará otros seis meses a partir del 30 de abril. Y es a esto a lo que se agarrará la principal imputada en la causa, la ex consejera de Interior Salomé Pradas, para esquivar cualquier responsabilidad penal.
La tesis de la jueza se ha mantenido inalterable desde un principio: fue el retraso en el lanzamiento de la alerta masiva a la población lo que provocó los 230 fallecimientos el 29 de octubre de 2024. El ES-Alert no llegó a los móviles hasta las 20.11 horas, cuando los pueblos de buena parte de la provincia de Valencia estaban inundados y se habían producido ya la mayoría de las muertes.
No todas porque, según las fuentes jurídicas consultadas, es relevante que se haya acreditado que entre las víctimas hay quienes fallecieron después de la alerta. Es decir, según estas fuentes, difícilmente puede achacarse un fallecimiento a una alerta tardía cuando se produjo efectivamente minutos después.
De hecho, el auto por el que los cinco magistrados del Pleno de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ rechazan investigar a Mazón desliza un argumento que desmonta la tesis de la jueza: no se ha probado la relación directa entre el ES-Alert y las muertes en la dana. Es más, el auto apunta a que el nexo que esboza la jueza no deja de ser vago e impreciso, pues afirma: «La necesaria relación de causalidad no puede plantearse en términos genéricos o difusos, sino que exige que se proporcionen datos precisos para concluir en qué medida las decisiones adoptadas fueron determinantes de fallecimientos individualmente identificados».
Desde el entorno de Pradas, investigada junto a su ex número dosEmilio Argüeso por ostentar el mando único de la emergencia, esta afirmación del TSJ evidencia una realidad: «No se puede acreditar un nexo causal entre cada fallecimiento y el envío o retraso del ES-Alert».En esta línea, otras fuentes cuestionan que la instructora haya asumido sin discusión que se hubiesen salvado vidas con un envío anticipado de la alerta, cuando lo cierto es que no se ha practicado ninguna pericial en ese sentido.
Que ahora el TSJ ponga en duda que esté probada esa relación de causalidad entre alerta y fallecimientos -en contra también de lo esgrimido por las acusaciones- da un arma de defensa más a los dos investigados que, por otro lado, siempre han defendido que el ES-Alert se envió por la posible rotura de la presa de Forata. Así lo han confirmado también numerosos testigos ante la jueza, que han dicho que el debate sobre la alerta comenzó en la reunión del Cecopi con el foco puesto en Forata y no en el desbordamiento del fatídico barranco del Poyo.
De hecho, la Generalitat siempre ha defendido -también Pradas- que no hubo retraso en el ES-Alert porque la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) dio un margen de 13 horas para el posible colapso de Forata. La entidad que preside Miguel Polo concretó este margen temporal a las 18.04 horas, por lo que en teoría había tiempo de sobra para preparar y lanzar la alerta. La realidad es que nadie en el Cecopi estaba pendiente entonces del barranco del Poyo, cuyo desbordamiento acabó provocando buena parte de las víctimas mortales.
Ofensiva contra la jueza
En paralelo, la defensa de Pradas mantiene una ofensiva contra la jueza Ruiz Tobarra en el seno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Pese a cuestionar parte del andamiaje de la instrucción de la causa de la dana, el TSJ también ha inadmitido la querella que presentó el abogado Rubén Gisbert contra la jueza por la supuesta interferencia de su marido, el también magistrado Jorge Martínez Ribera. No obstante, la defensa de Pradas quiere que se investiguen los audios que probarían esa injerencia pero que el TSJ rechazó por su aparente obtención «clandestina».
Para ello, el abogado de Pradas, Eduardo de Urbano, ha remitido un nuevo escrito al CGPJ instando a practicar nuevas diligencias dentro del «procedimiento disciplinario» abierto contra la magistrada de Catarroja. «Tales hechos, de probarse, pudieran constituir faltas muy graves», insiste la defensa de Pradas, al implicar «una indebida intromisión de un magistrado en una causa conducida por otro».