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El TSJA avala el despido de un peón de limpieza de Torrox por hacer pesas estando de baja

El TSJA avala el despido de un peón de limpieza de Torrox por hacer pesas estando de baja
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La Sala de lo Social confirma la decisión de la UTE FCC-Caviclum tras acreditar que el trabajador, con una lesión de hombro, realizaba intensos ejercicios en un gimnasio de Nerja

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Imagen del estadio de atletismo Enrique López Cuenca de Nerja. E. CABEZAS El TSJA avala el despido de un peón de limpieza de Torrox por hacer pesas estando de baja

La Sala de lo Social confirma la decisión de la UTE FCC-Caviclum tras acreditar que el trabajador, con una lesión de hombro, realizaba intensos ejercicios en un gimnasio de Nerja

Eugenio Cabezas

Viernes, 9 de enero 2026, 16:37 | Actualizado 17:13h.

... de recogida de residuos y limpieza de playas de Torrox, empleado de la UTE FCC-Caviclum, al entender que simuló una baja laboral mientras realizaba intensos ejercicios en un gimnasio de Nerja y se movía con normalidad en varios desplazamientos. La Sala de lo Social rechaza el recurso de suplicación del trabajador y confirma la sentencia del Juzgado de lo Social número 6 de Málaga que declaró «válida» la extinción de la relación laboral, sin apreciar vulneración de derechos fundamentales.

desde mayo de 2021, subrogado a la UTE FCC-Caviclum, con categoría de peón y un salario de 81,24 euros/día brutos. El 4 de marzo de 2024 inició un proceso de incapacidad temporal por un desgarro parcial del manguito de los rotadores, lesión en el hombro que le mantenía de baja médica, según recoge el fallo judicial, al que ha tenido acceso SUR.

Pese a esta situación, un detective privado contratado por la empresa lo grabó los días 17 y 18 de abril de 2024 en el estadio deportivo Enrique López Cuenca de Nerja, realizando ejercicios abdominales, estiramientos con la pierna elevada «a una altura considerable» y trabajando hombros y espalda con 30 kilos en una máquina de musculación. El seguimiento incluyó también desplazamientos en coche hasta un bazar y un supermercado en Torre del Mar, sin signos aparentes de limitación física.

El detective lo sorprendió trabajando hombros y espalda con 30 kilos en una máquina de musculación

A la vista de estos hechos, la UTE abrió expediente disciplinario y, tras las alegaciones del trabajador -que además era secretario de la sección sindical de CGT en la empresa-, le comunicó el 13 de mayo de 2024 el despido disciplinario por «simular una enfermedad para obtener una prestación y eximirse del deber de acudir a su puesto de trabajo». En la carta se subraya que el empleado «no presenta, en apariencia, dificultades que le impidan desarrollar su vida cotidiana con normalidad», que «no muestra ningún síntoma de dolor ni parece tener dificultad de movimiento» y que su conducta supone una «falta laboral muy grave» según el artículo 25 del convenio y el 54 del Estatuto de los Trabajadores.

El TSJA respalda esta calificación al considerar que, o bien el trabajador «no sufría un desgarro parcial del manguito de los rotadores que le impidiese el desempeño de las funciones propias de su profesión habitual», o bien, si lo sufría, las actividades en el gimnasio «supusieron un peligro u obstáculo para la correcta curación» de la lesión, en ambos casos constitutivas de una falta muy grave. La Sala concluye en su fallo que su conducta representa «una flagrante transgresión de la buena fe contractual», descartando que exista error alguno en la sentencia de instancia al declarar procedente el despido.

«Teoría gradualista»

En su recurso, el trabajador despedido pedía inicialmente que se declarase nulo el despido por vulneración de derechos fundamentales, con una indemnización de 50.000 euros, o subsidiariamente improcedente, alegando entre otros motivos su condición de delegado sindical de CGT y la ausencia de perjuicio económico para la empresa. El TSJA recuerda que el Juzgado ya había rechazado esa pretensión y que en el recurso el trabajador se limita a solicitar la improcedencia, denunciando una supuesta aplicación incorrecta del artículo 54.2 d) del Estatuto de los Trabajadores y del convenio, así como la vulneración de la llamada «teoría gradualista» en materia de sanciones.

La Sala niega ambos extremos y subraya que la teoría gradualista «tiene incidencia en la calificación de los hechos imputados, no en la elección de la concreta sanción», de modo que, una vez considerados los hechos como falta muy grave, la sanción de despido no infringe dicho criterio. También recalca que la ausencia de sanciones previas no figura en los hechos probados y resulta «intranscendente», frente al «evidente perjuicio» que supone para la empresa la suspensión de la relación laboral durante la incapacidad temporal mientras el trabajador realiza actividades incompatibles o de riesgo para su curación.

El ya extrabajador no presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por lo que el fallo es firme

El fallo del TSJA, fechado el pasado 3 de noviembre de 2025 y con ponencia del magistrado José Luis Barragán Morales, desestima íntegramente el recurso de suplicación del trabajador y confirma la sentencia dictada el pasado 9 de junio de 2025 por el Juzgado de lo Social número 6 de Málaga. La resolución mantiene, por tanto, la validez del despido disciplinario acordado por la UTE FCC-Caviclum, responsable del servicio público de limpieza en Torrox desde mayo de 2021.

El tribunal precisa, no obstante, que la sentencia «no es firme» y que cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo en el plazo de diez días desde la notificación, mediante escrito firmado por un letrado. De prosperar un eventual recurso, el caso podría fijar criterios sobre los límites entre la baja médica y la realización de actividad física, especialmente en servicios públicos externalizados como los de limpieza viaria y recogida de residuos. No obstante, consultado por SUR, el ya extrabajador ha dicho que no ha presentado recurso de casación ante el Tribunal Supremo, por lo que la sentencia es firme.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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