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España, condenada a pagar 110 millones por un laudo de renovables en EEUU

España, condenada a pagar 110 millones por un laudo de renovables en EEUU
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El juez Randolph Moss da luz verde a que el fondo Blasket, que compró los derechos de cobro del laudo a la compañía japonesa Eurus (filial de Toyota), sustituya al acreedor original en el procedimiento. Leer
EnergíaEspaña, condenada a pagar 110 millones por un laudo de renovables en EEUUActualizado 25 SEP. 2026 - 23:21La japonesa Eurus invirtió en 15 parques eólicos ubicados en Galicia y Asturias.Seguir a Expansión en GoogleHaz que nuestras noticias aparezcan en tus búsquedas

El juez Randolph Moss da luz verde a que el fondo Blasket, que compró los derechos de cobro del laudo a la compañía japonesa Eurus (filial de Toyota), sustituya al acreedor original en el procedimiento.

Nuevo varapalo judicial para España por uno de los principales laudos derivados del recorte de las primas a las renovables. La Corte de Estados Unidos para el Distrito de Columbia ha dictado una resolución que condena a España al pago inmediato del laudo arbitral favorable a Eurus Energy, filial de Toyota, que supera los 110 millones de euros sumando intereses de demora y otras costas.

La resolución, fechada el 24 de septiembre y consultada por EXPANSIÓN, desestima los argumentos esgrimidos por España para suspender el procedimiento. El juez Randolph Moss subraya que la ley estadounidense exige otorgar a los laudos internacionales la misma "plena fe y crédito" que a una sentencia firme emitida por un tribunal del país.

Además, esta resolución judicial puede marcar un punto de inflexión en la batalla legal que mantiene España en su intento por evitar el pago de estos laudos arbitrales. En el fallo, el juez Moss da el visto bueno a que el fondo Blasket -que adquirió los derechos de cobro del laudo a Eurus- sustituya a la compañía japonesa como acreedor en el procedimiento. Esta validación de la transferencia de laudos a fondos internacionales es un duro golpe para el Gobierno español, que viene calificando a estas firmas como fondos buitre.

De hecho, esta resolución llega apenas tres meses después de la decisión emitida por el Tribunal Supremo de EEUU, que rechazó el recurso planteado por España y dio luz verde a que los acreedores por el recorte de las primas a las renovables puedan ejecutar laudos arbitrales en el país.

Laudo firme

El procedimiento judicial en EEUU deriva del laudo dictado por el Centro Internacional de Arreglos de Diferencias relativas a Inversiones (Ciadi), el organismo de arbitraje del Banco Mundial, que en 2021 condenó a España a pagar 106 millones de euros a la filial de Toyota por el impacto de los recortes al sector renovable. Eurus había invertido en 15 parques eólicos entre Galicia y Asturias.

La nueva resolución judicial reduce mucho las probabilidades de éxito de España en este caso. Aunque puede recurrir el fallo a instancias superiores, no podrá acogerse al que se ha convertido en su principal mecanismo de defensa en estos procedimientos: la decisión dictada por la Comisión Europea en marzo de 2025 que consideraba el pago de laudos favorables a inversores intra-UE como una ayuda de Estado incompatible con el derecho comunitario.

Eurus es un inversor japonés, algo que tiene en común con JGC, compañía nipona a la que España terminó pagando una indemnización de 32 millones de euros el año pasado. Se trata del primer y único pago efectuado hasta la fecha por España a raíz de los arbitrajes de renovables.

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Fuente original: Leer en Expansión
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