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J. L. BORT Fraude en las bajas médicas: las pruebas decisivas de un detective que acabaron con el despido de un representante sindicalEl afectado intentó vincular su cese a su actividad como delegado, alegando una vulneración de la libertad sindical
Domingo, 15 de marzo 2026, 14:32
... el contrario, es una herramienta legítima de control. La controversia ha sido aún mayor al tratarse de un representante de los trabajadores, concretamente, el presidente del comité de empresa, lo que obligó a los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a analizar si el despido ocultaba una represalia sindical o si se fundamentaba en una realidad médica distorsionada.El tribunal subraya que la empresa no necesita un gran número de indicios previos para contratar a un detective; basta con una sospecha razonable. En este caso, el detonante fue comprobar cómo el empleado caminaba con agilidad tras una reunión laboral, a pesar de su supuesta lesión. El Superior de justicia catalán aclara que la licitud de esta prueba reside en la proporcionalidad de su ejecución.
Respecto a la legalidad de las grabaciones, la resolución subraya que los seguimientos se realizaron en espacios donde no existía una «expectativa legítima de privacidad». «Las imágenes se han tomado desde la vía pública, sin vulneración de la intimidad (ni en domicilio, ni en lugar reservado), siendo prueba válida por idónea, necesaria y proporcional para justificar las sospechas o indicios sobre la situación médica del actor».
Actividades incompatibles
El contenido del informe resultó demoledor para las pretensiones del trabajador. Mientras el diagnóstico médico oficial hablaba de una «malformación congénita de rodilla» que requería reposo, las grabaciones mostraron una realidad muy distinta: el trabajador fue captado realizando esfuerzos de carga, subiendo escaleras de tijera e incluso saltando muros.
La resolución detalla que estas acciones no solo eran incompatibles con su recuperación, sino que demostraban una aptitud física que ocultaba a su empleador. La sentencia especifica que el investigado fue visto «realizando carga de pesos, permanencia en bipedestación y sedestación prolongada, subir y bajar de una escalera tijera, mantenerse durante largos periodos sobre la escalera de trabajo, y permanecer arrodillado realizando trabajos».
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