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Guía para mutualistas: cómo asegurar la pensión pública en el traslado a la Seguridad Social

Guía para mutualistas: cómo asegurar la pensión pública en el traslado a la Seguridad Social
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A falta del desarrollo reglamentario, la aprobación en el Pleno del Congreso da un vuelco a las condiciones para el traspaso a la Seguridad Social. Tras las nuevas enmiendas, aumentan a más de 120.000 los beneficiarios. Leer
ECONOMÍA Nueva pasarela al RETA para los profesionales Guía para mutualistas: cómo asegurar la pensión pública en el traslado a la Seguridad SocialActualizado 13 JUN. 2026 - 00:23La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz.MariscalEFE

A falta del desarrollo reglamentario, la aprobación en el Pleno del Congreso da un vuelco a las condiciones para el traspaso a la Seguridad Social. Tras las nuevas enmiendas, aumentan a más de 120.000 los beneficiarios.

El Congreso de los Diputados dio luz verde esta semana a la pasarela al RETA para los mutualistas después de dos años de negociaciones entre el Gobierno, los partidos políticos y las entidades y asociaciones de afectados.

Sin embargo, la aprobación de varias enmiendas del PP y Junts han terminado por dar un vuelco a las condiciones en las que estos profesionales podrán traspasar el capital acumulado en las mutualidades a la Seguridad Social.

De este modo, podrán así insertarse en el sistema público y beneficiarse de las condiciones que ofrece, especialmente en el momento de la jubilación, cuando las prestaciones mínimas son complementadas y además se revalorizan cada año con el IPC, a diferencia de lo que ocurre con las rentas que se reciben del colegio profesional.

Los cambios, pese a que han quedado relegados a la fase del desarrollo reglamentario, suponen un vuelco a las expectativas del Ministerio de Seguridad Social, que desde un primer momento había tratado de contener el impacto económico de incorporar la RETA a los más de 100.000 mutualistas alternativos (quienes cotizan al colegio profesional en lugar de la Seguridad Social y tienen sus contingencias cubiertas por la entidad, en los términos de un sistema de capitalización).

Sin embargo, con las enmiendas incorporadas al texto que había ido armando el PSOE en una proposición de ley a partir de la reforma pretendida por el departamento de Elma Saiz, es precisamente el equilibrio financiero de la pasarela al RETA el que queda en cuestión. Toda vez que, finalmente, podrán acceder todos los mutualistas alternativos con independencia de sus carreras de cotización y también los pasivos. Es decir, aquellos que ya están jubilados.

Fuentes de la negociación indican a EXPANSIÓN que el Gobierno deberá articular un reglamento en el que se detallen las condiciones. En cualquier caso, las nuevas premisas que emanan de las enmiendas aprobadas ya anticipan un mayor coste para las arcas públicas en la reforma.

¿Quién se puede acoger?

Finalmente, las puertas de la Seguridad Social se abren para la totalidad de los mutualistas alternativos, algo más de 100.000, entre abogados (donde se encuentra el colectivo más numeroso, cerca de 50.000), procuradores, arquitectos, ingenieros y médicos.

Queda eliminado el requisito que había impuesto el Ejecutivo de que el mutualista alternativo no tuviera al menos quince años de cotización en el alguno de los regímenes de la Seguridad Social, que ya otorgan el derecho a la pensión mínima del sistema público.

Mutualistas jubilados

Como novedad, se podrán acoger también los mutualistas pasivos. Es decir, aquellos que ya están jubilados cobrando la renta de retiro de la mutualidad. Precisamente, aquí nace el origen del conflicto, de las asociaciones de mutualistas pasivos que, ante las exiguas rentas de jubilación, de hasta 400 y 500 euros al mes, reclamaron una solución al Gobierno para que se les concediera una pensión pública y quedar protegidos por el paraguas de la Seguridad Social. Aquí está una de las claves de la nueva pasarela, ya que este colectivo de unos 20.000 profesionales había sido permanentemente excluido por el Gobierno.

Ahora, con la aprobación de la enmienda 47 del PP, se prevé que estos también se puedan acoger. Si bien está por ver en qué condiciones, ya que actualmente ya están consumiendo su capital acumulado en la mutualidad, de modo que no existe posibilidad de un traspaso de fondos completo al sistema público como sí ocurre con quienes aún están en activo.

De este modo, entre los mutualistas alternativos en activo y los pasivos ya jubilados, el texto que ha visto la luz en el Congreso y que ahora deberá pasar el trámite del Senado, abre las puertas de la Seguridad Social a más de 120.000 autónomos que cotizaban fuera del sistema público.

'Uno por uno'

Otro de los elementos clave de la reforma, que ha centrado buena parte del debate en los dos últimos años, era el coeficiente de conversión. Determinaría cuántos años de cotización en el RETA se pueden canjear a cambio de los fondos acumulados en la mutualidad por las aportaciones realizadas. Se había establecido un coeficiente del 0,77. Esto, a efectos prácticos, suponía un descuento del 23% sobre las cuotas correspondientes a un año de RETA.

Esto se había vetado desde un primer momento por suponer un gasto considerable es la opción que finalmente ha sido incorporada al texto mediante la enmienda del PP: la conversión uno por uno. Esto es, que cada año cotizado a la mutualidad equivale a un año cotizado al RETA, con independencia de lo que se ha aportado al colegio profesional.

Esto genera una controversia porque el mutualista ha estado obligado por ley a cotizar al menos el 80% del equivalente a la base mínima del RETA. De esta forma, el uno por uno permitiría que se le contabilizara como si sus aportaciones hubieran sido iguales al 100% del RETA, implicando un beneficio para el mutualista. Queda por ver, eso sí, como se especifica ahora la conversión en el reglamento, especialmente para los mutualistas ya jubilados.

Aumento de aportación

Los mutualistas que quieran acogerse a la pasarela al RETA tendrán un año para hacerlo desde el momento en el que se publiquen en el BOE las condiciones definitivas (el reglamento debe aprobarse en un plazo de tres meses). Para quienes decidan mantenerse en el sistema alternativo, con el objetivo de evitar la problemática anteriormente expuesta, se obligará a que los autónomos que coticen al colegio profesional deban hacerlo en una cuantía mínima similar a la del RETA. Es decir, que la aportación mínima a la mutualidad sea del 100% de la base mínima del RETA en 2028, ascendiendo en 2026 al 86% y en 2027 al 93% de la de la cuota resultante de aplicar el tipo general de cotización establecido para contingencias comunes en el Régimen Especial de la Seguridad Social.

Mayores de 55 años

Aunque ahora debería de extenderse al colectivo en general, lo que sí especifica el articulado de la reforma es el reconocimiento del denominado uno por uno a los mutualistas mayores de 55 años. De modo que, con independencia del nivel de aportación al colegio profesional, cada año de aportación se considerará como cotizado a la Seguridad Social a efectos del reconocimiento de la pensión de jubilación.

La alternatividad

Junto con la inclusión de los mutualistas jubilados y la eliminación del coeficiente de conversión, el tercer gran cambio está en la supervivencia del modelo del mutualismo alternativo.

Esta vez, de la mano de una enmienda de Junts, que deroga la obligación prevista por el texto inicial del Gobierno de que a partir del 1 de enero de 2028 todos los autónomos con independencia de la profesión se tengan que dar de alta en el RETA. Son posibilidad de cotizar de forma alternativa al colegio profesional. Supone la gran victoria de las mutualidades sobre los planes de la Seguridad Social de acabar con el modelo, para, según trasladan fuentes del Ministerio, evitar que se pudiera reproducir un problema similar en el futuro.

La enmienda elimina esta fecha de caducidad, permite que el sistema alternativo pueda seguir operando y conmina al Ejecutivo a llevar a cabo un examen de variabilidad de las entidades de previsión social y el modelo del mutualismo alternativo antes del 31 de diciembre de 2030, para en ese momento evaluar una eventual eliminación de este. Es decir, las entidades podrán seguir operando como alternativa a la Seguridad Social contra el criterio inicial del Gobierno.

Transferencias de los fondos

Lo que se mantiene para la fase de desarrollo reglamentario es la fórmula con los términos y condiciones de la trasferencia de derechos económicos acumulados en la mutualidad. Es decir, el momento en el que el dinero se trasvasa a la Seguridad Social. Según trasladan a EXPANSIÓN fuentes de la negociación, está en la voluntad del Gobierno que estas transferencias tengan lugar en el momento del hecho causante. Es decir, que a pesar de que el autónomo se inserte en el sistema público al acogerse a la pasarela, no sea hasta el momento de su jubilación que la mutualidad transfiera el capital acumulado.

"Es necesario seguir mejorando el texto durante las siguientes fases de tramitación y mantiene, como petición fundamental, que el traspaso de fondos al RETA se articule de forma ordenada y vinculado al momento que se devengue la prestación pública", apuntan desde Mutualidad, la entidad que engloba a los abogados.

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Fuente original: Leer en Expansión
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