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Hacienda apunta a las ventas en plataformas digitales: 437.000 avisos preventivos este año

Hacienda apunta a las ventas en plataformas digitales: 437.000 avisos preventivos este año
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Las plataformas como Wallapop, Vinted o Milanuncios están obligadas a informar de los vendedores con altos volúmenes. Las sanciones por incumplir estas obligaciones parten de los 300 euros, más posibles recargos. Leer
FISCALHacienda apunta a las ventas en plataformas digitales: 437.000 avisos preventivos este añoActualizado 10 JUN. 2026 - 01:33Hacienda pone la lupa sobre las ventas en las plataformas digitales.EXPANSION

Las plataformas como Wallapop, Vinted o Milanuncios están obligadas a informar de los vendedores con altos volúmenes. Las sanciones por incumplir estas obligaciones parten de los 300 euros, más posibles recargos.

En pleno 2026, las ventas a través de plataformas digitales como Wallapop o Vinted ya se han convertido en un uso extendido en toda la población española. Con un volumen superior a los 8.500 millones de euros anuales, estas operaciones -muchas de las cuales son de reducido valor- no escapan a los ojos del Fisco, que desde el año pasadoobliga a las firmas a aportar información periódicamente sobre las transacciones de sus usuarios.

Tras la transposición de la Directiva europea DAC-7, los vendedores de productos de segunda mano que realicen más de 30 operaciones anuales o ingresen más de 2.000 euros al año están obligados a tributar por sus transacciones, que computan como ganancias patrimoniales en la base del ahorro del IRPF y, en otros casos, también están sujetas al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), que suele abonar el comprador.

Este año, Hacienda impulsará su vigilancia sobre estas operaciones, con una campaña especial de avisos preventivos que, según la directora general de la Agencia Tributaria, Soledad Fernández, actuarán como "recordatorios" antes de que termine la Campaña de la Renta, el próximo 30 de junio.

En concreto, la AEAT enviará este año 437.000 notificaciones a los contribuyentes para que revisen sus declaraciones de impuestos y comprueben haber incluido la información sobre sus ventas en plataformas digitales, con los mismos importes que figuran en los registros obtenidos de las propias firmas de compraventa.

Cómo tributar por las ventas en plataformas digitales

Los vendedores de productos de segunda mano deben tributar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por las ganancias patrimoniales obtenidas de las operaciones que realicen en plataformas digitales. Sin embargo, sólo deben hacerlo cuando exista beneficio, es decir, si el precio final de venta supera el precio original por el que se adquirió el bien en su día.

En la inmensa mayoría de las transacciones entre particulares, la venta se cierra por un importe menor al coste inicial, generando una pérdida patrimonial motivada por el desgaste y el paso del tiempo. A pesar de ello, cuando el vendedor supere las magnitudes recogidas en la transposición de la DAC-7 -incluso sin obtener beneficio-, las plataformas deberán informar de sus operaciones. En caso de que el vendedor no declare posteriormente estas operaciones en la Renta, Hacienda podrá imponer sanciones que parten de los 300 euros.

Las pérdidas derivadas de la venta de productos de segunda mano no son deducibles, por lo que no se podrán utilizar para compensar las ganancias obtenidas de otras operaciones realizadas en las plataformas digitales.

En caso de obtener un rendimiento positivo -por ejemplo, en ventas de artículos de colección-, las ganancias económicas deben declararse en la base imponible del ahorro del IRPF. Los tipos actuales gravan con un 19% los primeros 6.000 euros de beneficio, escalando progresivamente hasta alcanzar el 30% para los rendimientos más altos. Para poder demostrar esta situación al Fisco, "resulta indispensable conservar siempre la factura o el ticket original de compra", señalan los asesores fiscales consultados por EXPANSIÓN. En caso de no declararse, los contribuyentes se enfrentan a recargos e inspecciones, además de las sanciones correspondientes.

Los compradores tampoco están exentos de tributar por sus adquisiciones, especialmente las de un valor considerable. Las operaciones están sujetas al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), con tipos que dependen de la comunidad autónoma en la que se resida, con tipos que van desde el 4%, dependiendo de la región.

Los vehículos de segunda mano

La declaración y el devengo del ITP en las compras de productos de segunda mano es especialmente relevante en el caso de los vehículos. Al respecto, Hacienda actualizó este año los precios de tasación y los porcentajes de valor residual de los mismos, con un alza media de entre el 5% y el 7%, muy por encima de la inflación registrada el año pasado. Además, desde este año se diferencia por primera vez entre los híbridos enchufables y los vehículos 100% eléctricos al establecer su precio medio, por lo que conviene revisar las tablas de Hacienda para calcular la tributación de estas operaciones.

Una vez comprobado el precio de tasación fiscal, los contribuyentes deben aplicar los porcentajes establecidos por el Fisco para calcular la base imponible de los impuestos correspondientes, con los correspondientes coeficientes reductores según la antigüedad de los mismos.

En el caso de los vehículos, van desde el 100% si ha pasado menos de un año desde su matriculación hasta el 10% si tienen más de 12 años de antigüedad. Sobre el resultado, habría que aplicar el tipo impositivo correspondiente, que puede variar en cada territorio por las bonificaciones autonómicas.

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Fuente original: Leer en Expansión
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