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¿Has intentado hablar con un agente en la atención al cliente de Ryanair? Facua denuncia que es imposible

¿Has intentado hablar con un agente en la atención al cliente de Ryanair? Facua denuncia que es imposible
Artículo Completo 385 palabras
La asociación demanda a la aerolínea ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por incumplir la ley «al tener líneas telefónicas fake»
¿Has intentado hablar con un agente en la atención al cliente de Ryanair? Facua denuncia que es imposible

La asociación demanda a la aerolínea ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por incumplir la ley «al tener líneas telefónicas fake»

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Raquel Merino

Málaga

06/09/2026 Actualizado a las 13:25h.

Hablar personalmente con un agente de Ryanair es misión imposible. Al menos así lo considera Facua-Consumidores en Acción, que ha denunciado a la aerolínea ... ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por incumplir la ley «al tener líneas telefónicas fake para su servicio de atención al cliente».

Sea cual sea el motivo de las llamadas, estas se gestionan mediante un sistema automatizado que proporciona información básica al usuario hasta que, finalmente, le remite a realizar las gestiones a través de la página web o la app móvil y, acto seguido, la llamada se corta.

Facua sostiene que, incluso cuando el sistema detecta que un mismo usuario ha realizado ya varias llamadas, no le facilita el acceso a un agente ni le proporciona una vía alternativa de atención personalizada; por el contrario, le vuelve a dirigir a la web de Ryanair.

La asociación afirma que Ryanair está inclumpliendo la ley que prohíbe utilizar contestadores como única vía de atención. En concreto, se refiere al artículo 21.2 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias establece que, cuando las empresas utilizan la atención telefónica para sus servicios de información y atención al cliente, «deberán garantizar una atención personal directa, más allá de la posibilidad de utilizar complementariamente otros medios técnicos a su alcance».

También se basa en el artículo 8.1 de la ley 10/2025, de 26 de diciembre, por el que se regulan los servicios de atención al cliente y que deja claro que «se prohíbe expresamente el empleo de contestadores automáticos u otros medios análogos como medio exclusivo de atención a la clientela».

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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