- EXPANSIÓN
La Agencia Tributaria dispone de un plazo legal máximo de seis meses para realizar la devolución del IRPF.
Este periodo empieza a contar desde la fecha oficial en que finaliza la campaña de la declaración de la Renta. Dado que la campaña suele concluir el 30 de junio, el plazo límite ordinario para que Hacienda emita el ingreso es el 31 de diciembre de ese mismo año.
- Presentación fuera de plazo. Si el contribuyente presenta su declaración tarde (después del cierre de la campaña), el periodo de seis meses para que la Administración realice el reembolso comienza a computar desde el día exacto en que se realiza la presentación.
- Intereses de demora. En caso de que Hacienda supere el plazo legal de seis meses sin ordenar el pago por causas imputables a la propia Administración, estará obligada a abonar automáticamente intereses de demora. Estos intereses se suman a la cantidad original pendiente de cobro sin necesidad de que el ciudadano tenga que presentar una reclamación.
- Margen y plazos. Aunque Hacienda dispone de este margen de medio año, en la práctica la mayoría de las devoluciones se resuelven y ejecutan en un periodo que oscila entre unas pocas semanas y tres meses, siempre y cuando el borrador no contenga errores.
-
01:41
EEUU lanza nuevos ataques contra Irán tras acusarlo de agredir barcos comerciales en Ormuz
-
01:37
La IA provoca un cambio de escala del cibercrimen
-
01:34
Cómo generar oportunidades a partir del 'tsunami regulatorio'
-
01:31
Soberanía tecnológica europea, también para la ciberseguridad
-
01:13
Así es ARiA, el cerebro digital de Repsol