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Indemnización de 16.000 euros tras perder los restos óseos de un familiar por un error en el cementerio

Indemnización de 16.000 euros tras perder los restos óseos de un familiar por un error en el cementerio
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La sala desestima el recurso de los familiares, que solicitaban una compensación de 60.000 euros por el impacto emocional motivado por la pérdida irreversible de un lugar de enterramiento

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Salvador Salas Indemnización de 16.000 euros tras perder los restos óseos de un familiar por un error en el cementerio

La sala desestima el recurso de los familiares, que solicitaban una compensación de 60.000 euros por el impacto emocional motivado por la pérdida irreversible de un lugar de enterramiento

Rossel Aparicio

Málaga

Sábado, 21 de febrero 2026, 00:04

... indemnización de 16.000 euros por la pérdida de restos óseos de un familiar que acabaron en el osario municipal como consecuencia de un error en los servicios funerarios municipales del Ayuntamiento de Logroño. La Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJR desestima ahora de esta forma el recurso de apelación de los familiares, que solicitaban una indemnización de una cuantía mayor.

Los hechos se remontan al año 2010 cuando se produjo el fallecimiento del familiar y la concesión de un nicho en el citado cementerio municipal. Tal y como explica el Consejo General del Poder Judicial, una vez cumplido el plazo inicial de concesión, la familia del fallecido solicitó la renovación del nicho, que fue expresamente autorizada por el Ayuntamiento. Sin embargo, durante la vigencia de dicha concesión, los restos óseos fueron trasladados por error al osario común, impidiendo su posterior identificación e individualización.

Traslado indebido e irreversible

Por su parte, la familia afectada no fue consciente de este indebido traslado hasta 2021 cuando presentó una reclamación de responsabilidad patrimonial ante el Ayuntamiento de Logroño. El propio Consistorio reconoció entonces el funcionamiento anormal del servicio público funerario y fijó inicialmente una indemnización de cuantía inferior. Los afectados, descontentos con esa valoración, decidieron acudir a la vía judicial. En primera instancia la sentencia elevó la indemnización hasta los 16.000 euros por los daños morales causados.

Tras esta resolución, la familia interpuso un recurso de apelación con intención de lograr una indemnización mayor, debido al daño moral sufrido, especialmente por la imposibilidad de acudir a un lugar concreto donde honrar y recordar a su familiar fallecido.

Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia, tras analizar el recurso, considera que la indemnización fijada en primera instancia es «razonable, proporcionada y ajustada a Derecho», al tener en cuenta el vínculo familiar, el impacto emocional derivado de la pérdida irreversible de un lugar de enterramiento. Por último, la Sala subraya que no se aprecia error ni irracionalidad que justifique su revisión.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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