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La Abogacía del Estado y la Junta Electoral rechazan frenar la ley de nietos porque privaría del voto a miles de personas

La Abogacía del Estado y la Junta Electoral rechazan frenar la ley de nietos porque privaría del voto a miles de personas
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Iustitia Europa y Vox piden al Tribunal Supremo congelar las altas en el censo en el extranjero ante el riesgo de que los daños sobre el sistema electoral sean «irreparables»
La Abogacía del Estado y la Junta Electoral rechazan frenar la ley de nietos porque privaría del voto a miles de personas

Iustitia Europa y Vox piden al Tribunal Supremo congelar las altas en el censo en el extranjero ante el riesgo de que los daños sobre el sistema electoral sean «irreparables»

Regala esta noticia Añádenos en Google Sala del Tribunal Supremo en la que se celebró la vista sobre la ley de nietos. (Efe)

Almudena Santos

07/09/2026 a las 13:05h.

El Tribunal Supremo (TS) celebró este lunes dos vistas en relación a la conocida ley de nietos, una ... que permite a los descendientes de ciudadanos españoles exiliados obtener la nacionalidad de forma directa. El objeto de estas sesiones era la petición por parte de

Frente a ello, la Abogacía del Estado y el letrado de las Cortes alegaron que las sospechas de las acusaciones son «meras hipótesis» sin probar y defendieron que las altas son la consecuencia automática de actos administrativos firmes de concesión de nacionalidad. A su juicio, suspender el censo «de forma colectiva» y «masiva» vulneraría el derecho fundamental al «sufragio activo» de ciudadanos de pleno derecho. Además, el Ministerio Fiscal señaló que implicaría convertir a la oficina censal en un órgano evaluador -«una especie de registrador de la propiedad»- para el que no tiene competencias.

La brecha de la JEC y el voto CERA

Durante sus intervenciones, las acusaciones se apoyaron en la fractura interna que vivió la propia Junta Electoral Central (JEC) a mediados de julio. La mayoría de este organismo rechazó actuar contra la instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica al entender que no tenía competencias sobre la concesión de la nacionalidad, aunque reconoció de forma expresa sus dudas jurídicas. Frente a esta inacción, Luis Pardo (Iustitia Europa) y Jorge Buxadé (Vox) rescataron el voto particular de cuatro vocales discrepantes que defendían la «obligación inexcusable» de la JEC de intervenir para evitar que este «vicio de origen» se traslade al censo de manera «irreparable». Asimismo, sacaron a colación la «incapacidad» de la Oficina del Censo Electoral para aclarar la asignación del municipio de voto en más de 600 localidades donde los electores en el extranjero ya superan a los vecinos reales, cuestionando que se fijen adscripciones «de oficio» sin exigir pruebas de arraigo.

Para ilustrar esta anomalía, el representante legal de Iustitia Europa expuso casos paradigmáticos como el de Murtas (Granada), donde, según explicó, constan inscritos solo 330 residentes reales frente a 1.038 votantes que hay registrados en el CERA, lo que implica que el censo exterior casi cuadruplica a la población local del municipio. En total, denunciaron que el CERA se ha incrementado en más de 408.000 electores en los últimos años, acumulando abultadas subidas en provincias como Madrid (114.000), Barcelona (43.000) o Asturias (19.000) sin que la Oficina del Censo haya ofrecido explicaciones sobre la verificación del arraigo exigido por la normativa.

Más allá del fondo de la controversia, la segunda vista estuvo marcada por un duro choque procesal a consecuencia de la solicitud manifestada por la Abogacía del Estado, que pedía la inadmisión directa del recurso presentado por Vox al considerar que se pretendía combatir una «inactividad» administrativa fuera de los cauces legales. La representación estatal sostuvo que el acuerdo de la JEC no es un acto «autónomamente recurrible» y que el recurso busca, por una vía indirecta, suspender los efectos de una ley orgánica. Sin embargo, el Ministerio Fiscal marcó distancias con la Abogacía y rechazó la inadmisibilidad -tras ser preguntado por el presidente de la Sala-, advirtiendo de que el escenario era «absolutamente claro»: los recurrentes acudieron a la administración, recibieron una respuesta que no les gustó y están en su derecho de impugnarla.

Como vía alternativa a la congelación total del censo, las acusaciones solicitaron al alto tribunal que ordene separar o marcar «técnicamente» aquellos expedientes que no aporten una prueba individualizada de exilio, evitando así que sus efectos electorales se consoliden. En este sentido, el abogado de las Cortes, en defensa de la JEC, admitió que la propia administración tiene abierto un procedimiento de revisión de oficio contra la instrucción cuestionada que aún está pendiente de respuesta. Bajo la advertencia de Iustitia Europa de que una sentencia estimatoria futura no servirá de nada tras el próximo cierre censal —«revisar después no significa poder reparar después»—, el Tribunal Supremo ha dejado el asunto listo para decidir si, finalmente, acuerda las medidas cautelares.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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