El tribunal desestima el recurso presentado por la expareja del concejal del Ayuntamiento de Málaga contra el auto del Juzgado de Violencia sobre la Mujer
Regala esta noticia Añádenos en Google Florido, en una imagen de archivo, en una rueda de prensa en el Ayuntamiento. (SUR)Málaga
27/05/2026 a las 00:09h.La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado el archivo de la denuncia por malos tratos presentada por su expareja contra el concejal de Turismo, Recursos ... Humanos y Puerto de la Torre de la capital, Jacobo Florido (PP) tras el cruce de acusaciones mutuas por presuntas agresiones físicas y verbales.
En la resolución, los jueces rechazan la apelación de la expareja acerca del resultado de las diligencias de instrucción llevadas a cabo por la titular del Juzgado de Violencia sobre la Mujer relativas a las manifestaciones vertidas por los menores , de la fotografía aportada al auto acerca de la existencia de las lesiones de la mujer, de los audios, de los mensajes aportados y de los informes forenses y de informe del Instituto de Medicina Legal (IML).
«En el auto en que se acordó el sobreseimiento provisional han sido analizadas de forma detallada y pormenorizadas todas las diligencias de instrucción que se han practicado. Se ha expuesto su resultado y se han efectuado valoraciones acerca de su contenido sin que estas podamos considerarlas ilógicas, arbitrarias o irracionales», según el auto de la Audiencia.
Aval
El tribunal avala el procedimiento llevado a cabo por la instructora y subraya que «no existe» la posibilidad de llevar a cabo más diligencias de instrucción «por haberse agotado el plazo» y subraya que del resultado de lo actuado: «No podemos considerar que haya quedado debidamente justificada la perpetración de los delitos que eran objeto de denuncia por parte de la recurrente».
Concretamente, sobre las declaraciones de los menores, la Audiencia Provincial respalda el auto de la jueza de instrucción ya que «no se infiere en modo alguno que las conclusiones que al respecto se han hecho por la instructora sean arbitrarias , incoherentes, o ausentes de motivación en la resolución impugnada».
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