La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, en la comisión de investigación de la Asamblea de Madrid. Europa Press
Tribunales La Audiencia de Madrid avala que un Jurado juzgue a Begoña Gómez, mujer de Sánchez, por presuntos delitos de corrupciónEl tribunal levanta todas las medidas cautelares impuestas por el juez Peinado.
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María Peral Publicada 16 julio 2026 13:24h Actualizada 16 julio 2026 13:55h Las clavesLas claves Generado con IA
Begoña Gómez irá a juicio ante un tribunal de nueve ciudadanos legos en derecho para responder por presuntos delitos de malversación de fondos públicos y tráfico de influencias.
Así lo ha decidido la Audiencia Provincial de Madrid en una crucial decisión sobre la mujer de Pedro Sánchez, para la que ya es prácticamente imposible evitar el banquillo.
La Sección 23 de la Audiencia ha respaldado al juez Juan Carlos Peinado, una vez más, en cuanto al fondo del proceso que comenzó contra Gómez en abril de 2024 y que, tras ciertos vaivenes, ha acabado centrado en su actividad como codirectora de una cátedra extraordinaria en la Universidad Complutense de Madrid.
No obstante, la Sala ha revocado el enjuiciamiento de Gómez por dos de los cuatro delitos apreciados por Peinado, al no ver suficientes indicios para que sea juzgada por corrupción en los negocios y apropiación indebida.
Su asistente, Cristina Álvarez, solo irá a juico por presunta malversación de fondos y exclusivamente en lo relativo al supuesto desvío para fines particulares de Gómez del 'software' para pymes elaborado en el seno de la cátedra extraordinaria.
La Sala ha desestimado en lo esencial los recursos que interpusieron el fiscal y la defensa contra la decisión adoptada por Peinado el pasado 20 de marzo, cuando concretó los indicios existentes contra Gómez y acordó transformar las diligencias en procedimiento ante el Tribunal del Jurado.
Esa resolución fue producto de un 'tirón de orejas' de la Audiencia contra anteriores autos en los que el instructor incoó dos procedimientos por Jurado (uno, para la presunta malversación y el otro, para el resto de los delitos investigados) sin precisar los indicios existentes contra la esposa del presidente del Gobierno; su asistente en Moncloa, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés.
La Sala exigió a Peinado un un "mínimo esfuerzo" para precisar los hechos supuestamente delictivos que atribuía a los entonces investigados.
Fruto de esa corrección fue la resolución ahora respaldada por la Audiencia, en la que el instructor destaca que Gómez se "sirvió de su condición de esposa del presidente del Gobierno para que se creara en la UCM la cátedra extraordinaria de Transformación Social Competitiva, y para la financiación de sus actividades por empresas privadas "que, conocedoras de quién lo solicitaba, no dudan en conceder esas ayudas".
Fue una "prevalencia moral" constitutiva de tráfico de influencias, afirmaba Peinado: la condición de mujer del jefe de Gobierno "influye en la conducta de cualquier ciudadano, que sabe del poder que su esposo tiene".
Por otro lado, el tribunal ha levantado todas las medidas cautelares impuestas por Peinado, como la retirada del pasaporte.
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