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La Audiencia de Valencia descarta que el presidente Sánchez declare en la causa de la dana

La Audiencia de Valencia descarta que el presidente Sánchez declare en la causa de la dana
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El tribunal considera la diligencia «prospectiva» basada en «conjeturas» y carente de utilidad y recuerda que la investigación «no puede ser una inquisición general»

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El presidente del Gobierno Pedro Sánchez Jaime García La Audiencia de Valencia descarta que el presidente Sánchez declare en la causa de la dana

El tribunal considera la diligencia «prospectiva» basada en «conjeturas» y carente de utilidad y recuerda que la investigación «no puede ser una inquisición general»

A. Rallo

Viernes, 6 de marzo 2026, 10:51

la causa de la dana. La Audiencia ha rechazado el recurso de la acusación de ... Hazte Oír que pretendía que la jueza revocara su decisión inicial y convocara al líder socialista a la sede de Catarroja. Sánchez, al parecer, mantuvo una conversación con el presidente valenciano Carlos Mazón la misma noche de la tragedia. La acusación quería profundizar en el contenido de esa charla, mensajes u otras comunicaciones posteriores.

Tampoco aprecian la existencia de indicios de que ambos presidentes mantuvieran conversaciones el día de la emergencia. El tribunal recuerda el reparto de competencias y cómo es responsabilidad autonómica la puesta en marcha de medidas para proteger a la población. Y, por último, los magistrados rechazan que una instrucción puede convertirse en una especie de inquisición general a la búsqueda de eventuales responsabilidades

Recientemente, la jueza citó a Alberto Núñez Feijóo y en el interrogatorio, sorprendentemente, se le terminño preguntando por su papel en los incendios forestales e incluso por su foto con un narco gallego en un yate. La Audiencia, no obstante, recuerda que en ese caso la citación fue oportuna porque el líder popular apuntó que estuvo informado en tiempo real de la emergencia. Fue un error de Feijóo, como admitió posteriormente.

El auto califica el intento de citación de Sánchez como un «agravio comparativo invertido» en el sentido de que el argumento es «si citaron a uno, deben citar al otro». El tribunal responde que la Justicia no opera por «simetría política», sino por la relevancia individual de cada testigo respecto a los hechos investigados.

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Fuente original: Leer en Diario Sur - Ultima hora
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