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La DGT pilla a una conductora de 19 años conduciendo con la L a 215 km/h

La DGT pilla a una conductora de 19 años conduciendo con la L a 215 km/h
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La conductora hace solo cuatro meses que obtuvo el carné de conducir y ahora tendrá que verse delante de un juez por haber cometido un delito contra la seguridad vial.
TráficoLa DGT pilla a una conductora de 19 años conduciendo con la L a 215 km/h

La conductora hace solo cuatro meses que obtuvo el carné de conducir y ahora tendrá que verse delante de un juez por haber cometido un delito contra la seguridad vial.

La conductora superaba en 95 km/h la velocidad permitida.GEM.
  • CARLOS ESPINOSA
Actualizado 08/06/2026 - 10:25CESTMostrar comentarios1

La sorpresa debió ser mayúscula en el seno de los miembros del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) al comprobar el último delito contra la seguridad vial que hemos conocido. El hecho denunciado ocurrió en el kilómetro 299,400 de la A-40 (provincia de Cuenca), cuando el radar fijo de velocidad situado en ese punto kilométrico captó la imagen de un vehículo circulando a 215 km/h en una vía limitada a 120 km/h.

Investigación posterior

Según ha informado la Guardia Civil, no se pudo en ese momento identificar al causante de esta infracción, pero la investigación posterior han desvelado que se trata de una conductora novel de 19 años quien se encontraba al volante superando la velocidad máxima permitida en 95 km/h.

En España, los conductores noveles están obligados a llevar la L si no quieren recibir una multa de 100 euros que no acarrea puntos. No están sometidos a límites de velocidad diferentes a los de los conductores veteranos (hasta 2011 sí que existían restricciones en este sentido), y al estrenar su carné solo cuentan con 8 puntos, que ascienden a 12 si durante tres años no cometen ninguna infracción que reste puntos.

Penas muy altas

Sin embargo, la conductora, que solo cuenta con cuatro meses de carné en vigor, se verá ahora ante un juez que podría retirarle el carné durante un plazo de uno a cuatro años, además de imponerle penas de prisión de 3 a 6 meses, multas de 6 a 12 meses (el juez establece una cuota diaria, y debe pagar esa cantidad por el número de días de multa) y trabajos comunitarios de 31 a 90 días.

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Fuente original: Leer en Marca
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