La jueza de la dana acusa de 'inactividad negligente' a Mazón el mismo día de la querella por la intromisión de su marido Tomás Serrano
Valencia La jueza de la dana acusa de 'inactividad negligente' a Mazón el mismo día de la querella por la intromisión de su maridoEnvía precipitadamente una exposición razonada al TSJ teniendo pendientes diligencias clave.
Lo hace a las pocas horas de que trasciendan los audios que indican que su marido interrogó a alguna de las víctimas.
Más información: La jueza de la dana pide al TSJ valenciano que investigue a Carlos Mazón por su "inactividad negligente"
Rosana Crespo Valencia Publicada 25 febrero 2026 03:38hLa jueza de la dana zanjó este martes cualquier debate sobre los plazos en los que pediría al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) la imputación de Carlos Mazón. Ha decidido hacerlo ya.
Nuria Ruiz Tobarra acordó elevar a la Sala de lo Civil y Penal exposición razonada contra el expresidente de la Generalitat el mismo día que contra ella se presentaba una querella por la intromisión de su marido -también juez- en el procedimiento.
Paradójicamente, el TSJCV tendrá que decidir sobre ambas cuestiones en las próximas semanas.
La petición de investigación a Mazón, aforado al mantener el acta de diputado, llegó de manera sorpresiva. La magistrada todavía tiene diligencias pendientes tanto relacionadas con el propio expresidente de la Generalitat como sobre la causa en general.
La querella contra la jueza de la dana denuncia que su marido, también juez, "llegó incluso a realizar él solo diligencias"A modo de ejemplo, esta misma semana declaran como testigos dos personas de su equipo más cercano en el Palau y recientemente había pedido a WhatsApp y Telegram recuperar los mensajes que intercambió el que fuera jefe de Gabinete de Mazón, José Manuel Cuenca, el día de la dana.
Incluso requirió el lunes a la Generalitat para que aporte el listado de llamadas del teléfono móvil corporativo del chófer que condujo a Mazón a la reunión del Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) aquel 29 de octubre.
A ello se une que todavía quedan por comparecer todos los alcaldes de municipios afectados por la tragedia -casi una treintena- y todo el personal encargado de vigilar barrancos -otros 39 testigos-.
Pese a todo, la jueza ha pedido ya la imputación de Mazón. No es algo extraordinario que un instructor solicite algo así a mitad procedimiento, pues lo fundamenta en los indicios que puede hallar contra determinadas personas. Sin embargo, sí resulta llamativo en este caso.
Es cierto es que la jueza ya había estrechado el cerco, de unos meses a esta parte, sobre el expresidente de la Generalitat para comprobar cada paso que realizó aquel 29 de octubre de 2024.
Esto ha permitido que la exconsellera de Interior Salomé Pradaslo señale directamente en sede judicial al entender que se entrometió en la orden que recibió ella de descartar el confinamiento y aluda a su ausencia en el Cecopi.
Igualmente, se ha conseguido aclarar la cronología completa de aquella tarde, en la que Mazón apenas estuvo en el Palau de la Generalitat pese a lo que dijo inicialmente.
La querella
Pero la exposición razonada coincide con el día en el que el abogado y agitador Rubén Gisbert, que ejerce una de las acusaciones en la causa de la dana en representación de algunas víctimas, ha presentado una querella contra la instructora.
El escrito, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, pide la nulidad del procedimiento por la intervención irregular en el mismo del marido de la magistrada, titular del juzgado de Instrucción 4 de Valencia.
Según explican, éste "no solamente había estado presente durante sus declaraciones, sino que había dado indicaciones a la instructora y a la funcionaria sobre qué apuntar, participó en los interrogatorios e incluso llegó a realizar él solo la diligencia de investigación en sustitución de la magistrada instructora".
El escrito alude a audios publicados por OK Diario en los que, asegura el escrito, Jorge Martínez participa en interrogatorios a los familiares de víctimas que competen exclusivamente a Nuria Ruiz.
No es la primera vez que la jueza es objeto de estas acusaciones. Los dos investigados en la causa, Salomé Pradas y quien fuera su número dos, Emilio Argüeso, formularon quejas ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en las que incluían las "injerencias" de su marido.
Entonces, la instructora las calificó como una "campaña difamatoria" contra ella para apartarla de la investigación y las tachó de "machismo atroz".
La posición de garante
Ahora, la pregunta es si ha habido una relación causa-efecto, pues los escenarios que se abren en el TSJCV son tres. Uno, que vea indicios contra Mazón, asuma toda la causa y lo cite a declarar como imputado. Dos, que no vea tales indicios y archive. Y tres, que ordene a la jueza que siga adelante con la instrucción y vuelva a elevar la exposición razonada cuando ésta haya finalizado.
A la espera de todo ello, la resolución de la magistrada, de 109 páginas, resulta relevante pasado más de un año de investigación. En ella deja clara su posición.
Las indagaciones sobre la negligencia con el resultado mortal y lesivo objeto del procedimiento, sostiene, no se pueden circunscribir a Pradas y Argüeso.
En su opinión, ha de extenderse "de manera inevitable, por la evidente conexidad y a la vista de los indicios, pruebas, competencia y regulación normativa en materia de protección civil, así como a la inactividad negligente de quien fuera presidente de la Generalitat ", indica.
La posición de garante del presidente, afirma la jueza, "se produce en una alternancia fundamentalmente de actuaciones omisivas, aunque algunas de carácter positivo".
"La negligencia se prolongó durante largas horas, los fallecimientos se iban sucediendo de manera imparable sin que se tomaran decisiones básicas, con una falta de coordinación en la administración autonómica presidida por señor Mazón", considera.
"La cadena de negligencias se produjo de forma sucesiva", dice. En ella, sostiene, intervendrían presuntamente Pradas, Argüeso y Mazón.
La estancia en El Ventorro
"El punto de unión de los eslabones, el engarce, lo constituía el pase de una situación de emergencia a otra y derivaría en una responsabilidad compartida entre el escalón superior e inferior. Pero, a la vez, la estructura jerárquica implicaría que el superior podía y debía supervisar y controlar lo que hacía el inferior", razona.
En el caso del presidente de la Generalitat, señala que dicha responsabilidad "se configura en un plano de mayor gravedad por las funciones y responsabilidad que la ley le atribuye y por el conocimiento que tenía del grave riesgo mortal".
Así, le atribuye un delito de comisión por omisión fundado, en primer lugar, en la existencia de la posición de garante, que deriva de la competencia autonómica en la gestión de la emergencia y que se extiende en las atribuciones del presidente autonómico.
"En realidad, desde el punto de vista de la Presidencia de la Generalitat, de facto la emergencia se detuvo en el mismo momento en que se entró en el reservado en el restaurante", señala la magistrada.
"La gravedad de la negligencia, la omisión de la obligación de coordinar las diversas entes de la administración autonómica en una emergencia que siempre estuvo bajo la competencia de la administración autonómica" se deriva para la jueza de diversas fuentes de conocimiento.
Las cuales, dice, "obligaban al presidente a actuar" y "convierten su permanencia, absolutamente pasiva, durante cerca de cinco horas en el reservado de un restaurante en una presunta grosera negligencia con una grave resultado mortal: 230 fallecidos a los que han de sumarse los lesionados".
Esas fuentes de conocimiento, de acuerdo con la magistrada, fueron los avisos de la Aemet, la información en el SAIH de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), la cobertura de los medios de comunicación o las llamadas del 112.
En cuanto a los elementos de la negligencia, cita la convocatoria con retraso del Cecopi -defiende que se debió hacer a primera hora de la mañana del 29-, el retraso del envío de la alerta a la población -señala que se esperó hasta casi tres horas desde que se habló en el Cecopi del envío del mensaje hasta que se materializó- o el control de los barrancos -que no se vigilaron pese a su alto riesgo-.
La jueza considera que hay indicios de que Mazón participó en el envío del Es-Alert y remarca "la prolongada ajenidad que mostró en los momentos decisivos y de mayor mortandad durante el día 29 de octubre de 2024".
Así, fundamenta la exposición razonada en que existen elementos probatorios "que mostrarían que dicha exclusión voluntaria de las funciones propias de la Presidencia de la Generalitat tuvo una repercusión decisiva en el resultado mortal y lesivo".