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La Justicia avala que una unidad de la Legión deje de llamarse 'Franco': "Toda su persona es un símbolo del alzamiento de 1936"

La Justicia avala que una unidad de la Legión deje de llamarse 'Franco': "Toda su persona es un símbolo del alzamiento de 1936"
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Un tribunal da la razón al Ministerio de Defensa y comparte sus argumentos: "El mero enaltecimiento del máximo dirigente del régimen anterior es contrario a la ley". Más información: Los nietos de Franco pierden frente a Mediaset: el Supremo avala el reportaje sobre la polémica herencia

Francisco Franco. EFE

Tribunales La Justicia avala que una unidad de la Legión deje de llamarse 'Franco': "Toda su persona es un símbolo del alzamiento de 1936"

Un tribunal da la razón al Ministerio de Defensa y comparte sus argumentos: "El mero enaltecimiento del máximo dirigente del régimen anterior es contrario a la ley".

Más información:Los nietos de Franco pierden frente a Mediaset: el Supremo avala el reportaje sobre la polémica herencia

Publicada 29 diciembre 2025 14:43h Actualizada 29 diciembre 2025 15:10h

Las claves nuevo Generado con IA

La Audiencia Nacional respalda que una unidad de la Legión deje de llamarse Comandante Franco, aplicando la Ley de Memoria Democrática.

La Justicia considera que toda la figura de Franco es símbolo del alzamiento de 1936 y del régimen franquista, por lo que su mención exalta al dictador.

Se desestima el recurso de la Fundación Francisco Franco contra el cambio de nombre y se le condena a pagar las costas del proceso.

La Audiencia rechaza plantear una cuestión de inconstitucionalidad sobre la ley, al no hallar dudas razonables sobre su constitucionalidad.

La Audiencia Nacional ha avalado que una de las unidades que integran la Legión deje de llamarse Comandante Franco.

De esta forma, la Justicia da la razón al Ministerio de Defensa, que, en 2023, en aplicación de la Ley de Memoria Democrática, modificó su denominación a Bandera de España.

En una sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional señala que no puede pasarse por alto que "la persona que lideró el alzamiento en 1936 y el posterior régimen político supone un símbolo de esas fases de la historia de España en la totalidad de su persona y personalidad".

Por ello, "no cabe excluir sus vicisitudes militares previas al 18 de julio de 1936" de la aplicación de la Ley de Memoria, "pues también esas vivencias y méritos militares previos le colocaron en la situación y con la experiencia necesaria que le permitieron a la postre su liderazgo en el conflicto civil".

Dichos razonamientos, compartidos por la Justicia, son, en realidad, las alegaciones presentadas por Defensa cuando la Fundación Francisco Franco presentó un recurso contra el cambio de denominación de la unidad militar.

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La Justicia rechaza los argumentos de esta asociación, a la que el Gobierno pretende ilegalizar y ya ha iniciado los trámites para ello, y la condena a pagar las costas de este procedimiento hasta un máximo de 1.500 euros.

La Audiencia Nacional recalca que, tal y como sostiene la Administración, "el mero enaltecimiento del máximo dirigente del régimen anterior [el franquismo] es contrario a los principios y fines" de la Ley de Memoria Democrática.

En su recurso, la Fundación Francisco Franco alegaba que esta norma no tiene la misión de "borrar todo lo que guarde relación" con el dictador, sino suprimir los elementos de división entre españoles.

Asimismo, la organización recordó que Francisco Franco encabezó esta bandera (unidades en las que se dividen los tercios, subdivisiones dentro de la Legión) antes de la Guerra Civil y que fue nombrada en su honor tras el denominado Socorro de Melilla, una gesta militar que en la ciudad autónoma en 1921 tras el Desastre del Annual. Franco, además, fue uno de los fundadores de la Legión.

Sin embargo, la Audiencia Nacional, citando jurisprudencia del Tribunal Supremo, concluye que esta denominación constituye una exaltación de la figura del dictador.

"Basta con que la denominación dada a una calle produzca objetivamente ese efecto exaltador", compara, para que la Ley de Memoria Democrática pueda actuar en contra.

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"Dar a una calle el nombre de una persona que participó activamente y de manera relevante en la sublevación militar de 1936 y en la Guerra Civil y ocupó cargos de máxima importancia en el régimen político surgido de ella es un acto de exaltación", estableció en Supremo en 2022, doctrina que ahora recoge y aplica la Audiencia Nacional.

Asimismo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo rechaza la petición de la Fundación Francisco Franco de presentar una cuestión de inconstitucionalidad para que el Tribunal Constitucional analice el artículo de la Ley de Memoria Democrática que enumera los "símbolos y elementos" que se consideran elogiosos de la dictadura.

La Audiencia Nacional concluye que, para acceder a tal pretensión, deberían existir "dudas razonables, en términos de lógica jurídica", sobre la constitucionalidad de la norma, lo que no ocurre en este caso.

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