Koen Lenaerts, presidente del TJUE, leyendo el fallo sobre la aministía. TJUE
Política La Justicia europea allana la vuelta de Puigdemont al descartar que la amnistía afecte al interés económico de la UEEl TJUE dictamina que la controvertida ley de olvido penal no choca con la directiva antiterrorista ni quebranta la igualdad de trato.
La Corte de Luxemburgo valora que la ley de amnistía se dictó "para reducir tensiones institucionales y políticas y facilitar un escenario de reconciliación"
Más información: El Gobierno, Junts y el TC, confiados en que el TJUE avalará la amnistía y allanará el regreso de Puigdemont
Juan Sanhermelando Bruselas Publicada 16 julio 2026 10:22h Actualizada 16 julio 2026 10:53h Las clavesLas claves Generado con IA
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado este jueves que la Ley de Amnistía pactada por Pedro Sánchez con Carles Puigdemont a cambio de su última investidura en noviembre de 2023 no infringe el derecho comunitario.
La resolución allana el camino para el regreso a España del expresidente de la Generalitat, fugado en Bélgica desde la fallida declaración de independencia de Cataluña, hace casi nueve años.
En dos sentencias paralelas, los 15 jueces que integran la Gran Sala -ninguno de ellos español- han concluido que la controvertida norma de olvido penal no atenta contra los intereses financieros de la Unión ni es incompatible con la directiva antiterrorista.
El Gobierno, Junts y el TC, confiados en que el TJUE avalará la amnistía y allanará el regreso de PuigdemontEl TJUE asegura además que la Ley de Amnistía "respeta los principios de igualdad de trato y de no discriminación, puesto que, a la luz de su finalidad expresa de favorecer la reconciliación política únicamente en el contexto de un movimiento político particular, no puede considerarse que los delitos cometidos en ese contexto y los delitos cometidos en otros contextos se correspondan con situaciones comparables".
"El Derecho de la Unión no se opone a la ley española de amnistía para la normalización de la situación en Cataluña", concluye la Gran Sala en sus resoluciones.
Estos dos primeros fallos del TJUE sobre la Ley de Amnistía, cuya interpretación vincula a los jueces españoles, ponen fin a un largo procedimiento de dos años en Luxemburgo marcado por el choque frontal entre las principales instituciones de la Unión Europea.
La Comisión de Ursula von der Leyen, en su condición de guardiana de los Tratados, alegó ante el tribunal que la norma atenta contra el Estado de derecho, vulnera los principios de igualdad y seguridad jurídica y menoscaba la eficacia de la directiva europea antiterrorista.
Durante la vista celebrada hace un año en Luxemburgo, los representantes del Ejecutivo comunitario fueron un paso más allá al calificar la norma de "autoamnistía" y sostener que era "contraria al Estado de derecho" porque suponía que "quien está en el Gobierno garantiza la impunidad de sus socios a cambio del apoyo parlamentario".
Por su parte, el abogado general del TJUE, Dean Spielmann, rebatió en sus conclusiones de noviembre de 2025 los principales argumentos de la Comisión y avaló la compatibilidad de la Ley de Amnistía con el derecho de la Unión, salvo por algunas disposiciones de carácter procesal.
Spielmann rechazó además que pudiera hablarse de una autoamnistía, al considerar que la ley "no pretende proteger a un régimen político o a sus representantes frente a posibles actuaciones judiciales, sino dar respuesta a una situación excepcional con un objetivo declarado de normalización institucional y reconciliación".
El líder de Junts, Carles Puigdemont, el pasado enero en una rueda de prensa en Perpiñán (Francia). Glòria Sánchez Europa Press
En sus dos sentencias de este jueves, el TJUE responde a dos cuestiones prejudiciales planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional sobre el alcance de la Ley de Amnistía.
La primera se refiere al procedimiento contable contra 35 antiguos altos cargos de la Generalitat, entre ellos Carles Puigdemont y Artur Mas, por el presunto uso de fondos públicos para financiar el 'procés'. El perjuicio al erario se ha estimado en cerca de cinco millones de euros.
La Ley de Amnistía excluye de su ámbito los delitos que afecten a los intereses financieros de la Unión Europea. Ante las dudas sobre la compatibilidad de algunos de sus preceptos con el derecho comunitario, el Tribunal de Cuentas decidió plantear una cuestión prejudicial al TJUE.
La segunda cuestión prejudicial parte de la Audiencia Nacional, que pidió al tribunal europeo que aclarase si la Ley de Amnistía resulta aplicable a los 12 miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR) procesados por terrorismo.