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La Justicia protege al contribuyente de simultanear litigios con Hacienda

La Justicia protege al contribuyente de simultanear litigios con Hacienda
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El Tribunal Superior de Galicia impide a la Agencia Tributaria ejecutar una nueva liquidación fiscal sobre un ciudadano hasta que se resuelva el pulso abierto por la inicial. Leer
ECONOMÍALa Justicia protege al contribuyente de simultanear litigios con Hacienda 19 FEB. 2026 - 00:44Sede de la Agencia Tributaria.EXPANSION

El Tribunal Superior de Galicia impide a la Agencia Tributaria ejecutar una nueva liquidación fiscal sobre un ciudadano hasta que se resuelva el pulso abierto por la inicial.

La Justicia ha comenzado a poner coto al riesgo de que una misma liquidación tributaria acabe conduciendo a un contribuyente a simultanear más de un litigio judicial con Hacienda. En un auto pionero, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia acaba de impedir que la Agencia Tributaria ejecute lo que en el argot fiscal se conoce como "un segundo tiro" contra un contribuyente que había recurrido la aplicación de un gravamen, obligando al Fisco a aparcar nuevos cobros impositivos, hasta que los jueces no aclaren el sino del pulso inicial judicial inicialmente planteado.

El pronunciamiento judicial responde a una casuística habitual en el plano tributario. Es el caso de un contribuyente que tras recibir una regularización tributaria de la que discrepa, en este caso correspondiente a la Xunta de Galicia, recurre la liquidación ante el Tribunal Económico-Administrativo (TEA), un órgano colegiado independiente pero adscrito al Ministerio de Hacienda, que forma parte de la contienda administrativa previa a un posible litigio judicial. Si el TEA da parcialmente la razón al contribuyente, al estimar alguno de sus argumentos -pero no todos- anula la regularización y ordena a la autoridad tributaria correspondiente (sea la Agencia Tributaria estatal, una comunidad autónoma como es el caso, o el ayuntamiento) que rehaga la liquidación.

Ante esta circunstancia, es frecuente que el contribuyente recurra la resolución del TEA, sea ante el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) o ante un órgano judicial, reclamando que se enjuicien el resto de argumentos no valorados en vía administrativa.

En paralelo, sin embargo, es habitual que la autoridad tributaria, cumpliendo la orden del TEA, rehaga la regularización fiscal subsanando el defecto tumbado.

Bajo esta circunstancia, el contribuyente acaba inmerso simultáneamente en dos procesos, el litigio contra la resolución del TEA por la regularización inicial, y el segundo pulso que pueda abrirse en torno a la nueva liquidación, el llamado segundo tiro de Hacienda.

La detención de este segundo frente de batalla, hasta la resolución definitiva de la primera controversia viene siendo una reivindicación constante de los asesores fiscales que hasta ahora no había encontrado amparo. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sin embargo, acaba de emitir a finales del mes de enero un novedoso auto sobre esta materia en el cual ordena a Hacienda de la Xunta de Galicia que se abstenga de ejecutar la segunda regularización impuesta por el TEA hasta que sus propios magistrados se pronuncien sobre el pulso judicial original, dado que podría acabar anulando toda la liquidación tributaria en liza.

"Dado que la nueva liquidación/sanción puede ocasionar perjuicios importantes, procede acordar la suspensión solicitada, sin necesidad de garantía al desconocerse la posible cuantía de la liquidación", reza el auto del Tribunal Superior de Justicia gallego, al que ha tenido acceso este diario, en el que decreta la "suspensión del acuerdo del Tribunal Económico Administrativo Regional".

"Este tipo de medidas cautelares -que ojalá se generalicen- es del todo bienvenida habida cuenta que preservan la tutela judicial efectiva de los contribuyentes al enjuiciar todos los flecos de ese primer tiro lo que, en muchos casos, podría suponer que ya no se llegue a producir el segundo; evitando así años de incertidumbres y daños colaterales", celebra el abogado Javier Gómez Taboada, socio del área tributaria de la firma Maio Legal, y representante legal del contribuyente beneficiado por el auto del TSJ de Galicia".

El abogado subraya la trascendencia de un auto que, de emularse, podría resultar transversal a todos los tributos y que establece una limitación cautelar sobre el llamado segundo tiro de las administraciones tributarias.

La doctrina del 'tercer tiro'

Conviene recordar que el año pasado el Tribunal Supremo ya descargó en buena medida el revolver de Hacienda al negarle la posibilidad de efectuar un tercer tiro, emitiendo una nueva factura impositiva al contribuyente una vez que ha visto anulada la segunda. "No es admisible conceder a la Administración una oportunidad indefinida de repetir actos administrativos de gravamen hasta que, al fin, acierte, en perjuicio de los ciudadanos", rezaba el fallo emitido el pasado otoño por la Sala Tercero del Tribunal Supremo contra un fallo del Tribunal Superior gallego que sentó doctrina.

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Fuente original: Leer en Expansión
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