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Instalaciones de una mutua vasca. Iosu Onandia La Justicia reconoce el codo de tenista como enfermedad profesional pese a las observaciones «fuera de lugar» de la empresaCC OO denuncia las interpretaciones que añaden las mercantiles a los partes de asistencia, sin ajustarse «a sus competencias, ni capacidades» perjudicando a los trabajadores
Sergio Llamas
Jueves, 15 de enero 2026, 12:27
... de la empresa Lagun Machine Tools (en Guipuzkoa) es una enfermedad profesional originada en su trabajo, por las posturas forzadas y los microtraumatismos que implican su puesto al requerir del uso de una maza para realizar operaciones de montaje y desmontaje. Según ha trasladado CC OO Euskadi, la empresa cumplió con su obligación de enviar el parte de asistencia a la mutua, si bien «lo hizo de una forma que no se ajusta a sus competencias, capacidades ni conocimientos, perjudicando con ello gravemente al trabajador».En el puesto de trabajo, en el que también necesitan manipular una grúa con carro de empuje manual (esto es, sin automatización del desplazamiento), se producirían movimientos de impacto y sacudidas, supinación o pronación del brazo de manera reiterada, así como otros esfuerzos de flexoextensión forzada de la muñeca, posturas y movimientos que pueden derivar en una epicondilitis, según ha detallado la central. Razones por las que la sentencia habría calificado la enfermedad como de contingencia profesional, en base a las pautas recogidas en el real decreto que definen el origen de este tipo dolencias.
Competencia de las mutuas
El responsable de salud laboral de CC OO, Alfonso Ríos, ha instado a las empresas en general, y a Lagun Machine Tools en particular, a no verter opiniones en los partes de asistencia «que puedan interpretarse como una invitación a ocultar patologías profesionales y a que no usurpen competencias de las mutuas», al ser éstas las «competentes» para declarar lo que es un accidente de trabajo y lo que no. CC OO Euskadi ha pedido a las mercantiles que «se centren en su verdadera obligación, que sería la implantación de medidas preventivas para que no se produzcan accidentes de trabajo ni enfermedades profesionales».
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