Cuatro años después de la controvertida norma, que tuvo que ser reformada a los seis meses, la Justicia ha aplicado 1.233 reducciones de condena
Regala esta noticia Añádenos en Google Manifestación contra la sentencia a la 'manada'. (Isabel Permuy)Iñigo Goñi Davó
31/08/2026 a las 00:05h.El 25 de agosto de 2022 se aprobó en un Pleno extraordinario del Congreso la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual, más ... conocida como la ley del 'solo sí es sí', que se publicaría en el BOE a primeros de septiembre. Nació como una medida que pretendía corregir el sistema de castigo ante las distintas violencias sexuales colocando el consentimiento como núcleo a la hora de decidir la pena. Con todo, desde el primer momento resultó una ley polémica porque provocó de forma directa 1.233 reducciones de pena y 126 excarcelaciones, según datos del Consejo General del Poder Judicial, lo que forzó su reforma apenas seis meses después de que entrara en vigor.
La Audiencia interpretó que, al no existir ni violencia física ni intimidación, no podía condenarse como agresión sexual, sino como abuso, lo que suponía un delito más leve y, por tanto, menor condena. Con todo, apenas un año después de la resolución del organismo navarro, el Tribunal Supremo modificó la pena al considerar que los hechos describen un escenario de intimidación ambiental suficiente para anular la voluntad de la víctima y, por tanto, señalarlo como agresión sexual.
Al conocerse la resolución de la Audiencia, el movimiento #yosítecreo inundó de forma inmediata las redes sociales defendiendo que el fallo judicial «deja a las mujeres en una situación de absoluta vulnerabilidad» y que «hubo un NO de la víctima», lo que para los internautas que se sumaron a la campaña era un hecho crucial a la hora de establecer el castigo.
Tras una andadura política en la que el proyecto de ley pasó tanto por el Congreso como por el Senado, y en el que fue protagonista una enmienda de Junts en la que se pedía el cambio del término 'esterilizaciones forzosas' al masculino plural para evitar ambigüedades legales, la ley acabó el 25 de agosto en un Pleno extraordinario en el Congreso para su posterior aprobación.
La reforma de la ley regula revisiones de penas que puedan beneficiar al condenado
La norma eliminó el abuso sexual para incluirlo dentro de la agresión sexual, pues con la iniciativa legal, cualquier acto sexual realizado sin consentimiento se consideraba de forma automática como agresión. El centro legislativo pasó de estar en el empleo de violencia física o intimidación a estar en la voluntad de la víctima que, en caso de no expresarse de manera clara, no se supondría como consentimiento.
A consecuencia de la absorción legal del abuso dentro del concepto de 'agresión sexual', los jueces encontraron que debían bajar las condenas mínimas para que el sistema fuese proporcionado, pues con la supresión del abuso había un gran espectro de actos que entraban dentro del término 'agresión sexual' y debían distinguirse bien los leves de los graves. De esta forma, en el caso específico de la violación, el mínimo bajó de seis a cuatro años para cubrir casos en los que no se había empleado violencia o intimidación.
Debido al efecto retroactivo de la ley, en el que, en caso de que favorezca al reo, este tiene derecho a que el juez recalcule su pena adaptándola al nuevo marco legal, los condenados antes de la aprobación de la norma pidieron una revisión de su pena, lo que resultó en las 1.233 reducciones de condena y las 126 excarcelaciones.
«Ley chapuza»
Las voces del #yosítecreo se dividieron entre los que apostaban por el espíritu de la norma, afirmando que «el problema no es la ley, sino la interpretación judicial» y quienes veían que existía un error de técnica legislativa que no estaba previsto. El panorama político sufrió idéntica escisión, Unidas Podemos, por un lado, seguía defendido el sentido de la ley y del consentimiento como centro. Otros grupos políticos afirmaban, como hizo la diputada popular Ana Vázquez, que era «una ley chapuza que excarcela a violadores y agresores sexuales».
Fue el PSOE, de forma independiente con Unidas Podemos, que era quien había propuesto la norma, quien diseñó la reforma legal para corregir «los efectos no deseados» de la ley. Recurrió a la elevación de los mínimos de las penas para atajar la reducción de penas y las excarcelaciones, pero persiguió mantener el consentimiento como el corazón de la regulación. De esta forma, la escala penal se diferenciaba en caso de existir violencia o intimidación, agravando la pena en caso de que así fuera. Para Unidas Podemos esta reforma, que se vio aprobada el 20 de abril de 2023, suponía «regresar al modelo de 'La manada'» y devolver a las víctimas al «calvario probatorio» de demostrar marcas físicas de violencia para probar la agresión.
Si bien en la actualidad la reforma de ley está en funcionamiento, aún no ha logrado evitar las reducciones de condena, pues, así como el Tribunal Supremo debe aplicar la versión más beneficiosa de la ley, para los hechos acaecidos entre septiembre de 2022 y abril de 2023, por mucho que se juzguen después de la reforma, se les aplica la primera versión de la ley del 'solo sí es sí'.
De este modo, en casos como el del futbolista Dani Alves, se aplicó una pena inferior a la que se le habría impuesto si los actos los hubiera cometido tras la reforma. Otros casos de relevancia mediática, como el de los dos exjugadores de la Arandina por agresión sexual a una menor o el caso del futbolista Santi Mina se vieron influenciados también por los mínimos rebajados, principal consecuencia de la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual.
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