Viernes, 09 de enero de 2026 Vie 09/01/2026
RSS Contacto
MERCADOS
Cargando datos de mercados...
Economía

Las exenciones en donaciones a hijos para vivienda, por comunidad

Las exenciones en donaciones a hijos para vivienda, por comunidad
Artículo Completo 1,097 palabras
Once comunidades autónomas cuentan con reducciones o exenciones fiscales especiales para las donaciones de padres a hijos para que estos adquieran su primera vivienda. Leer
FISCALLas exenciones en donaciones a hijos para vivienda, por comunidad 7 ENE. 2026 - 01:27

Once comunidades autónomas cuentan con reducciones o exenciones fiscales especiales para las donaciones de padres a hijos para que estos adquieran su primera vivienda.

En un contexto de crisis de oferta en el mercado residencial, que ha elevado los precios a cotas nunca antes vistas en los últimos meses, el acceso a la vivienda en propiedad es una quimera para cada vez más hogares, especialmente entre los más jóvenes. Por ello, es cada vez más habitual que sean los padres, a través de una donación, quienes aporten el dinero para dar la entrada de una hipoteca, una cuestión que no escapa a los ojos del Fisco, como advierten a EXPANSIÓN los asesores fiscales.

Sin embargo, dependiendo de la comunidad autónoma en la que resida el donatario durante los cinco años anteriores a la donación, existen beneficios y exenciones específicos para la compra de vivienda que pueden minimizar el impacto fiscal de la donación, algunas hasta del 100%. Once administraciones tributarias autonómicas -todas, a excepción de Cantabria, Castilla-La Mancha, Región de Murcia y La Rioja; y País Vasco y Navarra, que cuentan con sus propios regímenes forales- ofrecen estos beneficios, con importes y condiciones diferentes, según muestran los datos de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf).

  • Andalucía. Reducción del 99% de hasta 150.000 euros, siempre que el donatario sea menor de 35 años o sea víctima de violencia de género. En el caso de las personas con discapacidad, el límite se amplía hasta 250.000 euros.
  • Aragón. Reducción del 100%, con un máximo de 300.000 euros, siempre que la vivienda se compre en el año posterior o anterior a la donación.
  • Asturias. Reducción del 95% para adquirientes de vivienda de hasta 35 años, con un máximo de 60.000 euros o de 120.000 para personas con discapacidad. No se aplica para donaciones posteriores a la compra de vivienda.
  • Baleares. Reducción propia del 100% de la cantidad donada siempre que la vivienda se adquiera en los siguientes seis meses a la donación. El valor del inmueble no puede superar el importe de 270.151,20 euros y debe estar situado dentro de la comunidad autónoma.
  • Canarias. Reducción del 85%, con un límite de 24.040 euros, para las donaciones a hijos menores de 35 años que destinen el importe a adquirir una vivienda en los seis meses siguientes o a rehabilitar el inmueble. Estos límites se amplían en el caso de que el donatario tenga un grado de discapacidad a partir del 33%.
  • Castilla y León. Reducción del 99% si el donatario es menor de 36 años, con un importe máximo de 180.000 euros y de 250.000 si se considera una persona con discapacidad igual o superior al 65%.
  • Cataluña. Reducción del 95% por donar a descendientes menores de 36 años que declaren menos de 36.000 euros en la última declaración del IRPF, con un límite de 60.000 euros o de 120.000 euros en el caso de las personas con discapacidad. La vivienda debe adquirirse en el plazo máximo de un año desde la donación.
  • Extremadura. La comunidad autónoma amplió hace unos meses hasta los 200.000 euros el límite de la reducción del 100% por donaciones para la compra de primera vivienda para menores de 36 años que declaren en el IRPF menos de 28.000 euros -o 45.000 si optan por la tributación conjunta-. La vivienda debe adquirirse en los seis meses siguientes al desembolso de la donación.
  • Galicia. Reducción del 95% para descendientes menores de 35 años o víctimas de violencia de género que adquieran una vivienda ubicada en Galicia durante los seis meses posteriores a la donación. El límite reducible en este caso asciende a 60.000 euros.
  • Madrid. Reducción del 100% de la donación recibida para donatarios de primer o segundo grado de parentesco con un máximo de 250.000 euros para la adquisición de vivienda habitual, siempre que la operación se realice en el plazo de un año desde el desembolso.
  • Comunidad Valenciana. La comunidad autónoma cuenta con reducciones propias para las donaciones realizadas a hijos. Dependiendo de la edad de estos, los límites de importe varían entre los 100.000 y los 156.000 euros, contando con todas las donaciones realizadas durante los cinco años anteriores a aplicar la reducción.

Aumenta la vigilancia sobre las donaciones encubiertas

Francisco Serantes, coordinador del Grupo de Expertos en IRPF de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf), reconoce a EXPANSIÓN la importancia de una buena planificación para optimizar la fiscalidad de estas cesiones y evitar posteriores sanciones de la Inspección. "La recomendación más clara pasa por documentar un préstamo en lugar de una donación, lo que evita la tributación inicial". Además, "se puede establecer con una devolución a largo plazo, lo que permitiría que, si la legislación cambia posteriormente y la tributación es más ventajosa, podría convertirse en una donación más adelante".

Sobre este asunto, conviene tener en cuenta que la doctrina más reciente del Tribunal Supremo establece que un contrato de préstamo entre particulares no es prueba suficiente para justificar el origen de unos fondos si no va acompañado de una acreditación fehaciente del flujo del dinero. En otras palabras, es necesario acreditar la "trazabilidad" exacta de la operación y la conexión directa entre la cuenta de quien presta y de quien recibe el dinero.

El Gobierno prorroga los límites de módulos para autónomos en 2026 a la espera del CongresoEl Supremo mejora la amortización fiscal de vivienda para los propietarios arrendadoresCalendario fiscal de 2026: la campaña de la Renta arrancará el 8 de abril Comentar ÚLTIMA HORA
Fuente original: Leer en Expansión
Compartir