La prestación podrá solicitarse por el cierre total o parcial del negocio, sin necesidad de acreditar fuerza mayor, y tendrá una duración de cuatro meses
Regala esta noticia Añádenos en Google Invernadero calcinado en el incendio de Vall d'Uixó en Castellón. (EP) 28/07/2026 Actualizado a las 18:18h.«Los autónomos también tendrán ayudas». Con estas palabras, Lorenzo Amor, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), anunció que los ... trabajadores por cuenta propia, incluidos quienes tengan empleados a su cargo, podrán acogerse a una nueva prestación extraordinaria por cese de actividad.
La ayuda tendrá una duración de cuatro meses e incluirá la exención del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social, según explicó Amor en una entrevista en el Canal 24H de RTVE. Además, los autónomos empleadores, aseguró, podrán acogerse también a un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) para sus trabajadores.
El cese de actividad es una prestación económica destinada a proteger a los trabajadores autónomos cuando se ven obligados a suspender o cerrar su negocio por causas ajenas a su voluntad. Se considera una cobertura similar a la prestación por desempleo de los trabajadores asalariados.
En este caso, la ayuda tendrá carácter extraordinario, por lo que no consumirá el periodo acumulado de la prestación ordinaria por cese de actividad.
Amor destacó que los beneficiarios no tendrán que pagar sus cotizaciones durante el periodo en el que reciban la ayuda. En el caso de los autónomos con trabajadores a su cargo, también podrán aplicarse las exoneraciones previstas a través de los ERTE.